REGLA

DE NUESTRO PADRE

SAN BENITO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


En concordancia

con los artículos de la Declaración

 

Regla: Introducción y comentario por el Padre Dom Garcia M. Colombás. Traducción y notas por Iñaki Aranguren 3ª edición (Reimpresión);Biblioteca de Autores Cristianos, 2000.

 

Declaración del Capítulo General del año 2000, principios esenciales de la vida cisterciense actual.



 

PRÓLOGO

 

Pról 1-7

 

Textfeld: 21 Mar
23 Jun
25 Sept.
28 Dic.

É

 

scucha, hijo, estos preceptos de un maestro, aguza el oído de tu corazón, acoge con gusto esta exhortación de un padre entrañable y ponla en práctica, 2para que por tu obediencia laboriosa retornes a Dios, del que te habías alejado por tu indolente desobediencia. 3A ti, pues, se dirigen estas mis palabras, quienquiera que seas, si es que te has decidido a renunciar a tus propias voluntades y esgrimes las potentísimas y gloriosas armas de la obediencia para servir al verdadero rey, Cristo el Señor.

4Ante todo, cuando te dispones a realizar cualquier obra buena, pídele con oración muy insistente y apremiante que él la lleve a término, 5para que, por haberse dignado contarnos ya en el número de sus hijos, jamás se vea obligado a afligirse por nuestras malas acciones. 6Porque, efectivamente, en todo momento hemos de estar a punto para servirle en la obediencia con los dones que ha depositado en nosotros, de manera que no sólo no llegue a desheredarnos algún día como padre airado, a pesar de ser sus hijos, 7sino que ni como señor temible, encolerizado por nuestras maldades, nos entregue al castigo eterno por ser unos siervos miserables empeñados en no seguirle a su gloria.

 

art. 1-2

 

Art.1. Nosotros, los miembros del Capítulo General, congregados para proceder a la renovación acomodada de nuestra Orden, oídos los diversos pareceres y tras madura deliberación, así como después de haber examinado las relaciones de la encuesta realizada entre todos los miembros de la Orden, deseamos establecer en primer lugar los elementos principales de nuestra vocación y de nuestra vida, para indicar los fundamentos sobre los cuales debe descansar toda la obra de renovación.

En esta Declaración queremos exponer sincera y noblemente nuestros propósitos acerca de la renovación acomodada, los fines que perseguimos y los caminos a seguir para conseguirlos.

 

Art. 2. Con nuestra Declaración de ninguna manera queremos impedir ulteriores reflexiones o nuevas soluciones, ya que también las futuras generaciones cistercienses tendrán el derecho y la obligación de buscar nuevas soluciones más idóneas y mejores de vida monástica, del mismo modo que lo hicieron los Fundadores de Cister en el siglo XII, y las generaciones que les siguieron. Así pues seremos verdaderos seguidores de los Padres que fundaron el "Nuevo monasterio", si no cesamos de buscar nuevos caminos y maneras mediante los cuales podamos vivir siempre con más plenitud nuestra vocación según la voluntad de Dios.

 

Pról. 8-20

Textfeld: 22 Mar
24 Jun
26 Sept.
29 Dic.

L

 

evantémonos, pues, de una vez; que la Escritura nos espabila, diciendo: «Ya es hora de despertarnos del sueño». 9y, abriendo nuestros ojos a la luz de Dios, escuchemos atónitos lo que cada día nos advierte la voz divina que clama: 10«Si hoy escucháis su voz, no endurezcáis vuestros corazones». 11y también: «Quien tenga oídos, oiga lo que dice el Espíritu a las Iglesias». 12¿Y qué es lo que dice? «Venid, hijos; escuchadme; os instruiré en el temor del Señor». 13«Daos prisa mientras tenéis aún la luz de la vida, antes que os sorprendan las tinieblas de la muerte».

14Y, buscándose el Señor un obrero entre la multitud a la que lanza su grito de llamamiento, vuelve a decir: 15«¿Hay alguien que quiera vivir y desee pasar días prósperos?» 16Si tú, al oírle, le respondes: «Yo», otra vez te dice Dios: 17Si quieres gozar de una vida verdadera y perpetua, «guarda tu lengua del mal; tus labios, de la falsedad; obra el bien, busca la paz y corre tras ella». 18Y, cuando cumpláis todo esto, tendré mis ojos fijos sobre vosotros, mis oídos atenderán a vuestras súplicas y antes de que me interroguéis os diré yo: «Aquí estoy». 19Hermanos amadísimos, ¿puede haber algo más dulce para nosotros que esta voz del Señor, que nos invita? 20Mirad cómo el Señor, en su bondad, nos indica el camino de la vida.

 

Declaración art.11

 

Art. 11. Nuestra intención no es exponer ideales teóricos y alejados de la realidad de la vida, para conservar o restaurar formas caídas en desuso, sino más bien examinar nuestra vida actual, moderna, real, perfeccionarla y señalar los principios para su renovación. Es la vida monástica cisterciense del XXI que deseamos revisar, aquella vida genuina y eficaz que corresponde a la vocación concreta que Dios nos ha dado. En efecto, Dios nos llama en este momento actual, nos quiere santos en esta época, en este nuestro tiempo, con las posibilidades de los hombres de hoy; quiere que sigamos a Cristo estando al servicio de los hombres por medio de la caridad.

Nuestra actuación debe estar siempre fundamentada en la verdad y en la realidad de la vida. Por esto en nuestra Declaración queremos tener siempre ante los ojos las posibilidades, exigencias y obligaciones tanto de los individuos como de nuestras comunidades, así como también las de la Iglesia y las de la vida del mundo moderno.

Este sentido de la realidad, de ninguna manera hemos de pensar que significa la aceptación o aprobación de las imperfecciones y de los vicios de la situación actual como si, satisfechos con la vulgar y corriente realidad, no quisiéramos tender siempre a lo mejor. Rechazamos con razón tal modo de pensar, como contrario a la misma esencia de la vida religiosa, es decir, a la búsqueda de la vida de perfecta caridad. Sabemos muy bien que los ideales más nobles y los propósitos más sublimes, de nada servirían si los hombres a quienes se proponen no los aceptan libre y espontáneamente y los ponen en práctica eficazmente.

 

Pról 21-38

 

Textfeld: 23 Mar
25 Jun
27 Sept.
30 Dic.

C

iñéndonos, pues, nuestra cintura con la fe y la observancia de las buenas obras, sigamos por sus caminos, llevando como guía el Evangelio, para que merezcamos ver a Aquel que nos llamó a su reino.

22Si deseamos habitar en el tabernáculo de este reino, hemos de saber que nunca podremos llegar allá a no ser que vayamos corriendo con las buenas obras. 23Pero preguntemos al Señor como el profeta, diciéndole: 24Señor, ¿quién puede hospedarse en tu tienda y descansar en tu monte santo?, 25Escuchemos, hermanos, lo que el Señor nos responde a esta pregunta y cómo nos muestra el camino hacia esta morada, diciéndonos: 26«Aquél que anda sin pecado y practica la justicia; 27el que habla con sinceridad en su corazón y no engaña con su lengua; 28el que no le hace mal a su prójimo ni presta oídos a infamias contra su semejante». 29Aquel que, cuando el malo, que es el diablo, le sugiere alguna cosa, inmediatamente le rechaza a él y a su sugerencia lejos de su corazón, «los reduce a la nada», y, agarrando sus pensamientos, los estrella contra Cristo. 30Los que así proceden son los temerosos del Señor, y por eso no se inflan de soberbia por la rectitud de su comportamiento, antes bien, porque saben que no pueden realizar nada por sí mismos, sino por el Señor, 31proclaman su grandeza, diciendo lo mismo que el profeta: «No a nosotros, Señor, no a nosotros, sino a tu nombre, da la gloria», al igual que el apóstol Pablo, quien tampoco se atribuyó a sí mismo éxito alguno de su predicación cuando decía: «Por la gracia de Dios soy lo que soy». 32Y también afirma en otra ocasión: «E1 que presume, que presuma del Señor». 33Por eso dice el Señor en su evangelio: «Todo aquel que escucha estas palabras mías y las pone por obra, se parece al hombre sensato, que edificó su casa sobre la roca. 34Cayó la lluvia, vino la riada, soplaron los vientos y arremetieron contra la casa; pero no se hundió, porque estaba cimentada en la roca». 35Al terminar sus palabras, espera el Señor que cada día le respondamos con nuestras obras a sus santas exhortaciones. 36Pues para eso se nos conceden como tregua los días de nuestra vida, para enmendarnos de nuestros males, 37según nos dice el Apóstol: «¿No te das cuenta de que la paciencia de Dios te está empujando a la penitencia» 38Efectivamente, el Señor te dice con su inagotable benignidad: «No quiero la muerte del pecador, sino que cambie de conducta y viva».

 

Declaración art.12

 

Art. 12. La renovación de nuestra vida religiosa ha de abarcar todos los aspectos de la vida, y por esta razón debemos tener en cuenta todos sus elementos constitutivos, y a cada una de sus partes debemos atribuir la importancia que les es propia. Sería completamente falso valorizar algunos aspectos de nuestra vida, como si en ellos solamente se realizase la esencia de la vida cisterciense, descuidando algunas otras dejándolas como suplementarias, o incluso como un obstáculo para vivir realmente nuestra vida monástica. Por tanto, somos y debemos ser verdaderamente cistercienses en todos y cada uno de los momentos de nuestra vida, no solamente cuando nos reunimos para la oración o en el cumplimiento de las observancias comunitarias, sino también y de una manera especial en los trabajos, en los estudios, en el ministerio sacerdotal, en la oración privada, en el servicio de los hombres en sus necesidades, etc.

Buscamos, pues, una visión integral que armonice y regule todas y cada una de las partes de nuestra vida en un solo y único servicio de Dios. Puesto que algunos elementos de la vida cisterciense actual, no conciernen a todos los miembros de la Orden (por ejemplo, el sacerdocio) o no se refiere a todos los monasterios (como la educación de la juventud o la cura pastoral) con todo debe examinarse la importancia de tales actividades y reconocer todo su valor. Los elementos de la vida monástica que en la Regla o en los inicios de la orden apenas se conocían, por esta misma razón no han de ser considerados, sin más, como secundarios o sospechosos. La vida monástica como toda vida, en el decurso del tiempo, crece, evoluciona.

 

Pról. 39-50

 

 

Textfeld: 24 Mar
26 Jun
28 Sept.
31 Dic.

HH

emos preguntado al Señor, hermanos, quién es el que podrá hospedarse en su tienda y le hemos escuchado cuáles son las condiciones para poder morar en ella: cumplir los compromisos de todo morador de su casa. 40Por tanto, debemos disponer nuestros corazones y nuestros cuerpos para militar en el servicio de la santa obediencia a sus preceptos. 41Y como esto no es posible para nuestra naturaleza sola, hemos de pedirle al Señor que se digne concedernos la asistencia de su gracia. 42Si, huyendo de las penas del infierno, deseamos llegar a la vida eterna, 43mientras todavía estamos a tiempo y tenemos este cuerpo como domicilio y podemos cumplir todas estas a cosas a luz de la vida, 44ahora es cuando hemos de apresurarnos y poner en práctica lo que en la eternidad redundará en nuestro bien.

45Vamos a instituir, pues, una escuela del servicio divino. 46Y, al organizarla, no esperamos disponer nada que pueda ser duro, nada que pueda ser oneroso. 47Pero si, no obstante, cuando lo exija la recta razón, se encuentra algo un poco más severo con el fin de corregir los vicios o mantener la caridad, 48no abandones en seguida, sobrecogido de temor, el camino de la salvación, que forzosamente ha de iniciarse con un comienzo estrecho. 49Mas, al progresar en la vida monástica y en la fe, ensanchado el corazón por la dulzura de un amor inefable, vuela el alma por el camino de los mandamientos de Dios. 50De esta manera, si no nos desviamos jamás del magisterio divino y perseveramos en su doctrina y en el monasterio hasta la muerte, participaremos con nuestra paciencia en los sufrimientos de Cristo, para que podamos compartir con él también su reino. Amén.

 

Declaración art. 13-14

 

Art. 13. Las formas institucionales, en las cuales hoy concretamente se manifiestan las realidades de la vida cisterciense, son las diversas comunidades vivas y eficientes. Es patente que nuestras comunidades, en el decurso del tiempo y según las diversas regiones, han adoptado formas diversas de vida y servicios distintos. Esta diversidad, en si misma, no ha de deslomarse como si fuera una degeneración perversa, sino al contrario, ha de ser reconocida no solamente como un hecho indiscutible, sino también como un signo de vitalidad y como una invitación de Dios a actuar. Porque los valores y las diversas obras que realizan cada una de las congregaciones y los monasterios, si están avalados por la mutua confianza, por la cooperación de las comunidades, pueden servir al bien y al progreso de toda la Orden. Por tanto, vale mucho más la concordia en la diversidad, que la forzada y discorde uniformidad. Por esto el Capítulo General aprueba y promueve la legítima autonomía de cada Congregación y monasterio para establecer su forma de vida, y se propone prestarles ayuda en esta tarea.

Por eso el trabajo de más importancia en la renovación consiste en que cada comunidad conozca y reconsidere sus fines y sus valores propios, y determine las formas de vida más aptas para alcanzarlo. En efecto, el peso del trabajo incumbe ante todo a cada una de las comunidades. El Capítulo General desea pues prestarles su ayuda, al coordinar y promover el esfuerzo de la renovación, pero no puede de modo alguno ni suprimir ni asumir los deberes u obligaciones de los monasterios y de las Congregaciones.

 

Art. 14 De las consideraciones precedentes nace en nosotros el deseo de renovar la realidad de la vida cisterciense de tal manera que sea la natural continuación y como la orgánica explanación tanto de la tradición monástica en general como la de la cisterciense en particular. Ciertamente, queramos conocer (y ahora con más fidelidad que nunca) las tradiciones monásticas y cistercienses, y de ellas extraer cuantos valores nos sea posible para que nos sirvan de inspiración y utilidad. Sin embargo, no queremos que estas tradiciones nos restrinjan o impidan la solución de los problemas que la vida moderna plantea, de los cuales, por razón de las condiciones de vida, tan distintas, los antiguos nada o casi nada pudieron conocer. No nos está permitido renunciar a la responsabilidad propia al organizar nuestra vida religiosa, ni hemos de temer el adoptar caminos o soluciones nuevas. La historia ha de ser para nosotros maestra de vida, no la señora o dominadora; ha de advertirnos e inspirarnos, pero nunca ha de ser un impedimento en nuestro camino.

 


 

Capítulo 1º: LAS CLASES DE MONJES

 

C

Textfeld: 25 Mar
27 Jun
29 Sept.
1er Ene.

omo todos sabemos, existen cuatro géneros de monjes. 2El primero es el de los cenobitas, es decir, los que viven en un monasterio y sirven bajo una regla y un abad. 3El segundo género es el de los anacoretas, o, dicho de otro modo, el de los ermitaños. Son aquellos que no por un fervor de novato en la vida monástica, sino tras larga prueba en el monasterio, 4aprendieron a luchar contra el diablo ayudados por la compañía de otros, 5y, bien formados en las filas de sus hermanos para el combate individual del desierto, se encuentran ya capacitados y seguros sin el socorro ajeno, porque se bastan con el auxilio de Dios para combatir, sólo con su brazo contra los vicios de la carne y de los pensamientos. 6El tercer género de monjes, y pésimo por cierto, es el de los sarabaítas. Estos se caracterizan, según nos lo enseña la experiencia, por no haber sido probados como el oro en el crisol, por regla alguna, pues, al contrario, se han quedado blandos como el plomo. 7Dada su manera de proceder,  siguen todavía fieles al espíritu del mundo, y manifiestan claramente que con su tonsura están mintiendo a Dios. 8Se agrupan de dos en dos o de tres en tres, y a veces viven solos, encerrándose sin pastor no en los apriscos del Señor, sino en los propios, porque toda su ley se reduce a satisfacer sus deseos. 9Cuanto ellos piensan o deciden, lo creen santo, y aquello que no les agrada, lo consideran ilícito.

10El cuarto género de monjes es el de los llamados giróvagos, porque su vida entera se la pasan viajando por diversos países, hospedándose durante tres o cuatro días en los monasterios. 11Siempre errantes y nunca estables, se limitan a servir a sus propias voluntades y a los deleites de la gula; son peores en todo que los sarabaítas.

12Será mucho mejor callamos y no hablar de la miserable vida que llevan todos éstos. 13Haciendo, pues, caso omiso de ellos, pongámonos con la ayuda del Señor a organizar la vida del muy firme género de monjes que es el de los cenobitas.

 

Declaración art.79-80

 

Art. 79. Siguiendo nuestra vocación, entramos en un monasterio cisterciense, escogido por nosotros libremente, para recibir allí la doctrina de la escuela del servicio del Señor; después, al emitir nuestra profesión, aceptamos voluntariamente los valores e ideales de nuestro monasterio. Por esta razón, la vida monástica no se nos ha impuesto sino que nosotros mismos la aceptamos con libre y voluntaria dedicación. Así pues, nuestras comunidades están formadas por voluntarios, todos los cuales aspiran a los mismos fines, que conocen y que aman, de tal manera que vivamos bajo un mismo techo llenos de un mismo espíritu, teniendo un solo corazón y una sola alma.

 

Art. 80. Así pues, el fundamento de la comunidad monástica es la entrega libre y voluntaria de los monjes, los cuales estiman en gran manera los valores y las ocupaciones del monasterio, considerándolos como algo propio. Esta libre entrega y gozosa convicción son la fuerza motriz de la observancia de las leyes y de la obediencia, y el fundamento de toda estructura jurídica. Si faltan, la comunidad monástica, al igual que cualquier otra sociedad voluntaria, no podrá mantener una verdadera vitalidad. Es de gran importancia que los monjes conserven viva y alegremente aquella entrega que les llevó a aceptar libremente la vida monástica; y cualquier ordenación u organización de la vida de comunidad ha de tener en cuenta aquella libre disposición y aplicación, para suscitaría y promoverla.

 

 

Capítulo 2º: CÓMO DEBE SER EL ABAD

 

RB 2,1-10

E

Textfeld: 26 Mar
28 Jun
30 Sept.
2   Ene.

l abad que es digno de regir un monasterio debe acordarse siempre del título que se le da y cumplir con sus propias obras su nombre de superior. 2Porque, en efecto, la fe nos dice que hace las veces de Cristo en el monasterio, ya que es designado con su sobrenombre, 3según lo que dice el Apóstol: «Habéis recibido el espíritu de adopción filial que nos permite gritar: Abba! ¡Padre!» 4Por tanto, el abad no ha de enseñar, establecer o mandar cosa alguna que se desvíe de los preceptos del Señor, 5sino que tanto sus mandatos como su doctrina deben penetrar en los corazones como si fuera una levadura de la justicia divina, 6Siempre tendrá presente el abad que su magisterio y la obediencia de sus discípulos, ambas cosas a la vez, serán objeto de examen en el tremendo juicio de Dios. 7Y sepa el abad que el pastor será plenamente responsable de todas las deficiencias que el padre de familia encuentre en sus ovejas. 8Pero, a su vez, puede tener igualmente por cierto que, si ha agotado todo su celo de pastor con su rebaño inquieto y desobediente y ha aplicado toda suerte de remedios para sus enfermedades, 9en ese juicio de Dios será absuelto como pastor, porque podrá decirle al Señor como el profeta: «No me he guardado tu justicia en mi corazón, he manifestado tu verdad y tu salvación. Pero ellos, despreciándome, me desecharon». 10Y entonces las ovejas rebeldes a sus cuidados verán por fin cómo triunfa la muerte sobre ellas como castigo.

 

Declaración art. 94-96

 

Art. 94. El abad es ante todo pastor de almas, es decir, su función es en primer lugar espiritual, encaminada al bien de las almas. Su autoridad es un ministerio, tiene el carácter de un humilde servicio, de acuerdo con la doctrina y el ejemplo de Cristo, cuyas veces hace en el monasterio. Por esta razón conviene que exprese y demuestre a los hermanos aquel amor paterno con el cual el Padre ama a los monjes.

 

Art. 95. El abad es además el mediador de la Palabra de Dios, y ha de llevar a cabo su oficio de intérprete de la Sagrada Escritura en las diversas circunstancias de la vida cotidiana. Nunca el abad ha de considerarse superior a la Palabra divina, sino más bien cada vez más ha de estarle sujeto.

 

Art. 96. No es de menor importancia aquel otro oficio que el Apóstol llama "discernimiento de espíritus". El abad ha de aplicarse a reconocer si cada uno de sus monjes es conducido por el Espíritu de Dios, o bien por aspiraciones plenamente terrenas, fruto de su propia fantasía, o engañado por los espíritus de la mentira. Para que pueda distinguir la voz del Espíritu de cualquier otra voz, el abad debe estar versado en doctrina y experiencia de las cosas espirituales.

 

RB 2, 11-22

Textfeld: 27 Mar
29 Jun
1er Oct.
3   Ene.

P

 

or tanto, cuando alguien acepta el título de abad, debe enseñar a sus discípulos de dos maneras; 12queremos decir que mostrará todo lo que es recto y santo mas a través de su manera personal de proceder que con sus palabras. De modo que a los discípulos capaces les propondrá los preceptos del Señor con sus palabras, pero a los duros de corazón y a los simples les hará descubrir los mandamientos divinos en lo conducta del mismo abad. 13Y a la inversa, cuanto indique a sus discípulos que es nocivo para sus almas, muéstrelo con su conducta que no deben hacerlo, «no sea que, después de haber predicado a otros, resulte que el mismo se condene». 14Y que, asimismo, un día Dios tenga que decirle a causa de sus pecados «¿Por qué recitas mis preceptos y tienes siempre en lo boca mi alianza, tú que detestas mi corrección y te echas, a lo espalda mis mandatos?» 15Y también: «¿Por qué te fijas en la mota que tiene tu hermano en el ojo y no reparas en la viga que llevas en el tuyo? »

16No haga en el monasterio discriminación de personas. 17 No amará más a uno que a otro, de no ser al que hallare mejor en las buenas obras y en la obediencia. 18Si uno que ha sido esclavo entra en el monasterio, no sea pospuesto ante el que ha sido libre, de no mediar otra causa razonable. 19Mas cuando, por exigirlo así la justicia, crea el abad que debe proceder de otra manera, aplique el mismo criterio con cualquier otra clase de rango. Pero, si no, conserven todos la precedencia que les corresponde, 20porque «tanto esclavos como libres, todos somos en Cristo una sola cosa» y  bajo un mismo Señor todos cumplimos un mismo servicio, «pues Dios no tiene favoritismos». 21Lo único que ante él nos diferencia es que nos encuentre mejores que los demás en buenas obras y en humildad. 22Tenga, por tanto, igual caridad para con todos y a todos aplique la misma norma según los méritos de cada cual.

 

Declaración art. 97-98

 

Art. 97. El abad es vínculo de unidad de la comunidad, que ha de promover el acuerdo de todos y cada uno de los hermanos en orden a los fines comunes, y coordinar las aficiones y los trabajos de todos. Así pues, el abad debe en gran manera estimar, comprender y tratar con el debido respeto la personalidad de los hermanos. El abad ha de tener para todos tiempo suficiente disponible, así como un espíritu abierto, y será de su incumbencia procurar una activa y responsable obediencia de parte de todos así como una cooperación generosa de los individuos, de tal manera que las cualidades de todos fructifiquen al servicio de Dios. Esfuércese para suscitar un diálogo sincero y abierto; haga participantes a todos los hermanos de todos los asuntos y proyectos de la vida del monasterio y de todos los negocios de la casa, ya que en el fondo es algo que les atañe a todos. Asuma sin embargo las responsabilidades que le corresponden por razón de su cargo, si debe adoptar una decisión que, después de un maduro examen, le aparece como voluntad de Dios.

 

Art. 98. El abad como promotor de unidad debe suprimir cuanto pueda introducir una cierta separación entre él y sus hermanos (v.gr. un uso exagerado de las insignias prelaticias; signos de respeto anticuados, en cuyo lugar hay que observar las leyes actuales de urbanidad; privilegios, que hoy difícilmente se comprenden); lleve vida comunitaria junto con los hermanos, mostrándose como ejemplo de fidelidad y celo; restrinja en lo posible al mínimo aquellas cosas que comportan una ausencia del monasterio. Una vez elegido abad, no por esto ha dejado de ser monje y hermano entre los hermanos, y cual vínculo de unidad y caridad trate de entregarse por los hermanos en el amor de Cristo.

 

RB 2, 23-29

 

Textfeld: 28 Mar
30 Jun
2   Oct.
4   Ene.

E

l abad debe imitar en su pastoral el modelo del Apóstol cuando dice: «Reprende, exhorta, amonesta». 24Es decir, que, adoptando diversas actitudes, según las circunstancias, amable unas veces y rígido otras, se mostrará exigente, como un maestro inexorable, y entrañable, con el afecto de un padre bondadoso. 25En concreto: que a los indisciplinados y turbulentos debe corregirlos más duramente; en cambio, a los obedientes, sumisos y pacientes debe estimularles a que avancen más y mas. Pero le amonestamos a que reprenda y castigue a los negligentes y a los despectivos. Y no encubra los pecados de los delincuentes, sino que tan pronto como empiecen a brotar, arránquelos de raíz con toda su habilidad, acordándose de la condenación de Helí, sacerdote de Silo. 27A los más virtuosos y sensatos corríjales de palabra, amonestándoles una o dos veces; 28pero a los audaces, insolentes, orgullosos y desobedientes reprímales en cuanto se manifieste el vicio, consciente de estas palabras de la Escritura: «Sólo con palabras no escarmienta el necio». 29Y también: «Da unos palos a tu hijo, y lo librarás de la muerte».

 

Declaración art. 115

 

Art. 115. El Abad Presidente gobierna la Congregación de acuerdo con el espíritu del Capítulo de la misma Congregación, y es un signo de la unión fraternal que forman los diversos monasterios. Su misión es prestar servicio para que en las diversas familias monásticas exista, se afirme y aumente una vida monástica de acuerdo con las Constituciones de la propia Congregación.

Debe fomentar las relaciones entre los monasterios en orden al bien de toda la Congregación. En este campo, los abades y los monjes de todos los monasterios han de ayudar al Abad Presidente, procurando mantener entre ellos relaciones fraternas, recibiéndose los unos a los otros, colaborando en sus afanes comunes, participando en conferencias para tratar de temas espirituales o administrativos, en una palabra para conocerse y amarse cada vez más.

 

 


RB 2, 30-40

 

Textfeld: 29 Mar
1er Jul.
3   Oct.
5   Ene.

S

 

iempre debe tener muy presente el abad lo que es y recordar el nombre con que le llaman, sin olvidar que a quien mayor responsabilidad se le confía, más se le exige.

31Sepa también cuan difícil y ardua es la tarea que emprende, pues se trata de almas a quienes debe dirigir y son muy diversos los temperamentos a los que debe servir. Por eso tendrá que halagar a unos, reprender a otros y a otros convencerles; 32y conforme al modo de ser de cada uno y según su grado de inteligencia, deberá amoldarse a todos y lo dispondrá todo de tal manera que, además de no perjudicar al rebaño que se le ha confiado, pueda también alegrarse de su crecimiento. 33Es muy importante, sobre todo, que, por desatender o no valorar suficientemente la salvación de las almas, no se vuelque con más intenso afán sobre las realidades transitorias, materiales y caducas, 34sino que tendrá muy presente siempre en su espíritu que su misión es la de dirigir almas de las que tendrá que rendir cuentas. 35Y, para que no se le ocurra poner como pretexto su posible escasez de bienes materiales, recuerde lo que está escrito: «Buscad primero el Reino de Dios y su justicia, y todo eso se os dará por añadidura». 36Y en otra parte: «Nada les falta a los que le temen».

37Sepa, una vez más, que ha tomado sobre sí la responsabilidad de dirigir almas, y, por lo mismo, debe estar preparado para dar razón de ellas. 38Y tenga también por cierto que en el día del juicio deberá dar cuenta al Señor de todos y cada uno de los hermanos que ha tenido bajo su cuidado; además, por supuesto, de su propia alma. 39Y así, al mismo tiempo, que teme sin cesar el futuro examen del pastor sobre las ovejas a él confiadas y se preocupa de la cuenta ajena, se cuidará también de la suya propia; 40y mientras con sus exhortaciones da ocasión a los otros para enmendarse, él mismo va corrigiéndose de sus propios defectos.

 

Declaración art. 123

 

Art. 123. Elegido por el Capitulo General, el Abad General dirige la Orden de acuerdo con el espíritu del Capítulo General y las normas de las Constituciones, promoviendo los fines de nuestra unión.

El Abad General es:

a) Promotor y vínculo de la unidad fraterna en la Orden, en el sentido de que ha de estar dispuesto a acomodarse a genios diferentes, abrazando con un justo e imparcial desvelo, promoviendo y representando a todas las familias de la Orden. Los valores e ideales comunes de la Orden ha de hacérselos suyos tanto en su modo personal de comportarse, como en los actos oficiales. Ha de sentir con la Orden, la cual existe de hecho en nuestras comunidades concretas, interesándose con espíritu abierto en sus problemas, tendencias y opiniones.

b) Promotor y coordinador de los proyectos y planes comunes, que exceden las posibilidades de las diversas comunidades o congregaciones, pero que son útiles o convenientes a muchos. En la concepción y en la elaboración de tales proyectos, ha de tener una parte activa; además ha de suscitar las iniciativas de los demás; finalmente, los ha de llevar a la práctica con sus consejos y actuaciones.

c) Con su autoridad refrendada por las Constituciones, y utilizándola al servicio de todos, es el padre, y también el hermano entre los hermanos, según el espíritu de Cristo, deseoso de aprovechar más que de señorear. Mediante sus cartas sus sermones y las demás formas de comunicación con la Orden, se comporta como cohermano, condiscípulo y consiervo del Señor, buscando junto con todos sus demás hermanos la verdad y la voluntad de Dios. Lleno él mismo de la convicción y de la apreciación de los valores de la vocación religiosa, ha de procurar mostrar a los hermanos y comunidades las nuevas perspectivas y posibilidades, infundiéndoles así una sólida esperanza del futuro.

 

 

Capítulo 3º: COMO SE HAN DE CONVOCAR LOS HERMANOS A CONSEJO

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2   Jul
4   Oct.
6   Ene.

iempre que en el monasterio hayan de tratarse asuntos de importancia, el abad convocará toda la comunidad y expondrá él personalmente de qué se trata. 2Una vez oído el consejo de los hermanos, reflexione a solas y haga lo que juzgue más conveniente. 3Y hemos dicho intencionadamente que sean todos convocados a consejo, porque muchas veces el Señor revela al mis joven lo que es mejor.

4Por lo demás, expongan los hermanos su criterio con toda sumisión, y humildad y no tengan la osadía de defender con arrogancia su propio parecer, 5sino que, por quedar reservada la cuestión a la decisión del abad, todos le obedecerán en lo que él disponga como más conveniente. 6Sin embargo, así como lo que corresponde a los discípulos es obedecer al maestro, de la misma manera conviene que éste decida todas las cosas con prudencia y sentido de la justicia.

7Por tanto, sigan todos la regla como maestra en todo y nadie se desvíe de ella temerariamente. 8Nadie se deje conducir en el monasterio por la voluntad de su propio corazón, 9ni nadie se atreva a discutir con su abad desvergonzadamente o fuera del monasterio. 10Y, si alguien se tomara esa libertad, sea sometido a la disciplina regular. 11El abad, por su parte, actuará siempre movido por el temor de Dios y ateniéndose a la observancia de la regla, con una conciencia muy clara de que deberá rendir cuentas a Dios, juez rectísimo, de todas sus determinaciones.

12Pero, cuando se trate de asuntos menos transcendentes, será suficiente que consulte solamente a los monjes más ancianos, 13conforme está escrito: «Hazlo todo con consejo, y, después de hecho, no te arrepentirás».

 

 

 

Declaración art. 102-107

 

Art. 102. El Capítulo conventual participa en el gobierno de la casa siempre que se trate de asuntos de gravedad para el monasterio, y especialmente en los casos prescritos por las Constituciones de la Congregación y por el derecho común. El Capítulo conventual mediante un acto verdaderamente colegial, elige el abad, y colegialmente también se toman decisiones relativas a la actividad del monasterio, a la admisión y formación de nuevos candidatos, a la administración de los bienes.

 

Art.103. Ahora bien, no ha de restringiese la función del Capítulo conventual únicamente a los casos, en los cuales los capitulares por derecho común o particular han de dar su voto deliberativo o consultivo; los hermanos deben ser reunidos a menudo con el fin de mantener un coloquio, un diálogo verdaderamente fraterno, con el fin de procurar una eficaz participación y solicitud de los hermanos en bien del monasterio. Así el Capítulo conventual ha de ser un foro de información de los asuntos del monasterio, de la Congregación y de la orden, y a la vez el lugar donde los oficiales hacen una relación de las gestiones realizadas y los expertos exponen las cuestiones actuales.

 

Art. 104. Los temas a tratar en el Capítulo han de escogerse, con la ayuda del consejo del abad, teniendo en cuenta los deseos y los problemas propuestos por cualquiera de los hermanos; han de comunicarse a la comunidad de modo apto y con tiempo suficiente para el estudio y la reflexión de los temas propuestos. En ciertas materias será mucho más conveniente dar la respuesta por escrito. La obligación de secreto que se restrinja a aquellas cosas que reclaman una absoluta discreción; de cara al exterior del monasterio, los hermanos han de usar una máxima discreción siempre que se trate de asuntos de la familia monástica.

 

Art. 105. En todas las comunidades han de disponerse medios aptos para que todos los hermanos, incluso los que viven fuera de la casa, puedan estar informados de modo habitual, detalladamente y en el momento oportuno de los asuntos del monasterio, de la Congregación y de la Orden.

 

Art. 106. El consejo del abad, llamado comúnmente de los seniores, formado por un número más reducido de miembros, ha de ser convocado oportunamente en todas las necesidades de la familia monástica, en asuntos de mera utilidad y, especialmente, en los casos en que ha de tratarse algo secreto. Es costumbre que este consejo esté formado por miembros elegidos por la comunidad y designados por el abad, a partes iguales.

 

Art.107. Si se llevan a la práctica los principios y consejos que acabamos de exponer, las comunidades podrán adquirir un nuevo vigor, serán como familias que, llenas de caridad, habitan en la casa de Dios, y como escuadrón fraterno bien ordenado, gozando de una firme unidad, en la cual cada uno llevando a cabo su propia función, sirve a todos y se siente robustecido por los demás.

 

 

 


 

Capítulo 4º: CUÁLES SON LOS INSTRUMENTOS DE LAS BUENAS OBRAS

A

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3   Jul.
5   Oct.
7   Ene.

nte todo, «amar al Señor Dios con todo el corazón, con toda el alma y con todas las fuerzas», 2y además «al prójimo como a sí mismo». 3Y no matar. 4No cometer adulterio. 5No hurtar. 6No codiciar. 7No levantar falso testimonio, 8Honrar a todos los hombres. 9y «no hacer a otro lo que uno no desea para sí mismo».

10Negarse sí mismo para seguir a Cristo. 11Castigar el cuerpo. 12No darse a los placeres, 13amar el ayuno. 14Aliviar a los pobres, 15vestir al desnudo, 16visitar a los enfermos, 17dar sepultura a los muertos, 18ayudar al atribulado, 19consolar al afligido.

20Hacerse ajeno a la conducta del mundo, 21no anteponer nada al amor de Cristo. 22No consumar los impulsos de la ira 23ni guardar resentimiento alguno. 24No abrigar en el corazón doblez alguna, 25no dar paz fingida, 26no cejar en la caridad. 27No jurar, por temor a hacerlo en falso; 28decir la verdad con el corazón y con los labios.

29No devolver mal por mal, 30no inferir injuria a otro e incluso sobrellevar con paciencia las que a uno mismo le hagan, 31amar a los enemigos, 32no maldecir a los que le maldicen, antes bien bendecirles; 33soportar la persecución por causa de la justicia.

34No ser orgulloso, 35ni dado al vino, 36ni glotón, 37ni dormilón, 38ni perezoso, 39ni murmurador, 40ni detractor.

41Poner la esperanza en Dios. 42Cuando se viera en sí mismo algo bueno, atribuirlo a Dios y no a uno mismo; 43el mal, en cambio, imputárselo a sí mismo, sabiendo que siempre es una obra personal.

44Temer el día del juicio, 45sentir terror del infierno, 46anhelar la vida eterna con toda la codicia espiritual, 47tener cada día presente ante los ojos a la muerte. 48Vigilar a todas horas la propia conducta, 49estar cierto de que Dios nos está mirando en todo lugar. 50Cuando sobrevengan al corazón los malos pensamientos, estrellarlos inmediatamente contra Cristo y descubrirlos al anciano espiritual. 51Abstenerse de palabras malas y deshonestas, 52no ser amigo de hablar mucho, 53no decir necedades o cosas que exciten la risa, 54 no gustar de reír mucho o estrepitosamente.

55Escuchar con gusto las lecturas santas, 56postrarse con frecuencia para orar, 57confesar cada día a Dios en la oración con lágrimas y gemidos las culpas pasadas, 58y de esas mismas culpas corregirse en adelante.

59No poner por obra los deseos de la carne, 60aborrecer la propia voluntad, 61obedecer en todo los preceptos del abad, aun en el caso de que él obrase de otro modo, lo cual Dios quiera que no suceda, acordándose de aquel precepto del Señor: «Haced todo lo que os digan, pero no hagáis lo que ellos hacen».

62No desear que le tengan a uno por santo sin serlo, sino llegar a serlo efectivamente, para ser así llamado con verdad. 63Practicar con los hechos de cada día los preceptos del Señor; 64amar la castidad, 65no aborrecer a nadie, 66no tener celos, 67no obrar por envidia, 68no ser pendenciero, 69evitar toda altivez. 70Venerar a los ancianos, 71amar a los jóvenes. 72Orar por los enemigos en el amor de Cristo, 73hacer las paces antes de acabar el día con quien se haya tenido alguna discordia.

74Y jamás desesperar de la misericordia de Dios.

75Estos son los instrumentos del arte espiritual. 76Si los manejamos incesantemente día y noche y los devolvemos en el día del juicio, recibiremos del Señor la recompensa que tiene prometida: 77«Ni ojo alguno vio, ni oreja oyó, ni pasó a hombre por pensamiento las cosas que Dios tiene preparadas para aquellos que le aman».

78Pero el taller donde hemos de trabajar incansablemente en todo esto es el recinto del monasterio y la estabilidad en la comunidad.

 

Declaración art. 46-47

 

Art. 46. Dios nos llama no solamente al fin expuesto más arriba, sino también a que utilicemos los medios que Él nos ofrece, y en particular

los consejos evangélicos, la vida en la comunidad cisterciense, la vida de oración, el amor a la cruz y el servicio que debemos prestar a la comunidad humana con nuestra actividad.

 

Art. 47. Nosotros abrazamos los consejos evangélicos de un modo especial para seguir como discípulos a Cristo, nuestro maestro, y así estarle más unidos, y mediante nuestra observancia monástica acercarnos a El cada vez más íntimamente.

 

 

 

Capítulo 5º: LA OBEDIENCIA

E

 

Textfeld: 1er Abr
4   Jul
6   Oct.
8   Ene.

l primer grado de humildad es la obediencia sin demora. 2Exactamente la que corresponde a quienes nada conciben más amable que Cristo. 3Estos, por razón del santo servicio que han profesado, o por temor del infierno, o por el deseo de la vida eterna en la gloria, 4son incapaces de diferir la realización inmediata de una orden tan pronto como ésta emana del superior, igual que si se lo mandara el mismo Dios. 5De ellos dice el Señor: «Nada más escucharme con sus oídos, me obedeció». 6Y dirigiéndose a los maestros espirituales: «Quien os escucha a vosotros, me escucha a mí».

7Los que tienen esta disposición prescinden al punto de sus intereses particulares, renuncian a su propia voluntad 8y, desocupando sus manos, dejan sin acabar lo que están haciendo por caminar con las obras tras la voz del que manda con pasos tan ágiles como su obediencia. 9Y como en un momento, con la rapidez que imprime el temor de Dios, hacen coincidir ambas cosas a la vez: el mandato del maestro y su total ejecución por parte del discípulo.

10Es que les consume el anhelo de caminar hacia la vida eterna, 11y por eso eligen con toda su decisión el camino estrecho al que se refiere el Señor: «Estrecha es la senda que conduce a la vida». 12Por esta razón no viven a su antojo ni obedecen a sus deseos y apetencias, sino que, dejándose llevar por el juicio y la voluntad de otro, pasan su vida en los cenobios y desean que les gobierne un abad. 13Ellos son, los que indudablemente imitan al Señor, que dijo de sí mismo: «No he venido para hacer mi voluntad, sino la de Aquel que me envió».

14Pero incluso este tipo de obediencia sólo será grata a Dios y dulce para los hombres cuando se ejecute lo mandado sin miedo, sin tardanza, sin frialdad, sin murmuración y sin protesta. 15Porque la obediencia que se tributa a los superiores, al mismo Dios se tributa, como él mismo lo dijo: «El que a vosotros escucha, a mí me escucha». 16 Y los discípulos deben ofrecerla de buen grado, porque «Dios ama al que da con alegría». 17Efectivamente, el discípulo que obedece de mala gana y murmura, no ya con la boca, sino sólo con el corazón, 18aunque cumpla materialmente lo preceptuado, ya no será agradable a Dios, pues ve su corazón que murmura, 19y no conseguirá premio alguno de esa obediencia. Es más, cae en el castigo correspondiente a los murmuradores, si no se corrige y hace satisfacción.

 

Declaración art. 52-53

 

Art. 52. La obediencia significa, ante todo, tener el corazón abierto para recibir el estímulo del Espíritu Santo: el cual sopla donde quiere y nos manifiesta la voluntad de Dios de diversas maneras. Y así como el alimento de Cristo era hacer la voluntad de Aquel que le había enviado, y, tomando la forma de siervo, se hizo obediente hasta la muerte y muerte de cruz, así también nosotros, deseosos de seguir a Cristo muy de cerca, hemos de buscar la voluntad del Padre y seguirla con el espíritu bien dispuesto.

Con mucha frecuencia, la voz de la Iglesia, la enseñanza y las exhortaciones del Sumo Pontífice, de la Santa Sede, de los obispos y de los abades, -que no deben tan solo dirigir la actividad externa, sino que es necesario que formen nuestra espiritualidad-, nos transmiten la voz de Dios. Además, los movimientos carismáticos de la Iglesia contemporánea expresan de modo siempre actual las intenciones del Espíritu Santo, el cual, a la vez que rejuvenece a la Iglesia, renueva también sin cesar nuestra vida monástica.

 

Art. 53. Por esta razón, los monjes, deseosos de cumplir la voluntad de Dios con espíritu de fe y de amor, ansían ser gobernados por un abad, el cual hace las veces de Cristo; a él prestan humildemente obediencia según las normas de la Regla y de las Constituciones, contribuyendo con su inteligencia, su voluntad y con los dones de la gracia, a la realización de sus preceptos y el cumplimiento de las funciones que se les asignan, sabiendo que de este modo colaboran a la edificación del Cuerpo de Cristo según los designios de Dios. De este modo la obediencia religiosa de ninguna manera disminuye la dignidad de la persona humana, sino más bien la conduce hacia la madurez con la amplia libertad de los hijos de Dios.

 

 

 


Capítulo 6º: LA TACITURNIDAD

 

C

Textfeld: 2 Abr
5 Jul.
7 Oct.
9 Ene.

umplamos nosotros lo que dijo el profeta: «Yo me dije: vigilaré mi proceder para no pecar con la lengua. Pondré una mordaza a mi boca. Enmudecí, me humillé y me abstuve de hablar aun de cosas buenas». 2Enseña aquí el profeta que, si hay ocasiones en las cuales debemos renunciar a las conversaciones buenas por exigirlo así la misma taciturnidad, cuánto más deberemos abstenernos de las malas conversaciones por el castigo que merece el pecado. 3Por lo tanto, dada la importancia que tiene la taciturnidad, raras veces recibirán los discípulos perfectos licencia para hablar, incluso cuando se trate de conversaciones honestas, santas y de edificación, para que guarden un silencio lleno de gravedad. 4Porque escrito está: «En mucho charlar no faltará pecado». 5Y en otro lugar: «Muerte y vida están en poder de la lengua». 6Además, hablar y enseñar incumbe al maestro; pero al discípulo le corresponde callar y escuchar.

7Por eso, cuando sea necesario preguntar algo al superior, debe hacerse con toda humildad y respetuosa sumisión. 8Pero las chocarrerías, las palabras ociosas y las que provocan la risa, las condenamos en todo lugar a reclusión perpetua. Y no consentimos que el discípulo abra su boca para semejantes expresiones.

 

Declaración art. 48-49

 

Art. 48. La castidad voluntaria, aceptada por el Reino de Dios, no consiste en la simple renuncia al matrimonio y a las alegrías de la familia natural, sino que nos debe procurar una gran libertad para dedicarnos las cosas de Dios y de la Iglesia con todas nuestras fuerzas físicas y psíquicas. Mediante la profesión religiosa queremos dar testimonio, de una manera más directa y profunda, de la gran esperanza cristiana del mundo futuro, en el cual los hombres no contraen matrimonio. Por esta razón la castidad es un signo escatológico eminente de nuestra vida.

 

Art. 49. Esta total consagración de si mismo a Dios ha de ser la base para edificar la familia monástica. En esta familia de Dios la caridad común y la identidad de vocación aseguran el amor y la ayuda mutua de los diversos miembros. De una parte, cada uno debe sobrellevar con

toda fidelidad las cargas de los demás, y por otra, todos participamos en las gracias y virtudes propias de cada uno. Así, abrazamos de modo eminente la vida comunitaria de salvación, que Dios mismo instituyó para el género humano en la Iglesia. Así Dios dilata nuestros corazones para que seamos capaces de amar a todos nuestros prójimos, y en primer lugar a nuestros hermanos/hermanas que conviven en el monasterio, con una caridad sincera y activa.

 

 

 

Capítulo 7º: LA HUMILDAD

 

RB 7,1-9

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6   Jul.
8   Oct.
10 Ene.

L

 

a divina escritura, hermanos, nos dice a gritos: «Todo el que se ensalza será humillado y el que se humilla será ensalzado». 2Con estas palabras nos muestra que toda exaltación de sí mismo es una forma de soberbia. 3El profeta nos indica que él la evitaba cuando nos dice: «Señor, mi corazón no es ambicioso, ni mis ojos altaneros; no pretendo grandezas que superan mi capacidad». 4Pero ¿qué pasará «si no he sentido humildemente de mí mismo, si se ha ensoberbecido mi alma? Tratarás a mi alma como al niño recién destetado, que está penando en los brazos de su madre».

5Por tanto, hermanos, si es que deseamos ascender velozmente a la cumbre de la más alta humildad y queremos llegar a la exaltación celestial a la que se sube a través de la humildad en la vida presente, 6hemos de levantar con los escalones de nuestras obras aquella misma escala que se le apareció en sueños a Jacob, sobre la cual contempló a los ángeles que bajaban y subían. 7Indudablemente, a nuestro entender, no significa otra cosa ese bajar y subir sino que por la altivez se baja y por la humildad se sube. 8La escala erigida representa nuestra vida en este mundo. Pues, cuando el corazón se abaja, el Señor lo levanta hasta el cielo. 9Los dos largueros de esta escala son nuestro cuerpo y nuestra alma, en los cuales la vocación divina ha hecho encajar los diversos peldaños de la humildad y de la observancia para subir por ellos.

 

Declaración, art 65

 

Art. 65. La vida del monje ha de consistir en seguir a Cristo, que se hizo humilde. Sinceramente arrepentidos de nuestros pecados y conscientes de nuestras limitaciones, así como de haber sido rehabilitados por la misericordia divina, debemos buscar la gloria de Dios, y no la nuestra. Animados por este espíritu de humildad hemos de aceptar serenamente las tribulaciones y las privaciones, debemos estar contentos aun cuando sean escasas las compensaciones y los medios de subsistencia.

La vida monástica solamente puede subsistir bajo el signo de la cruz. Dado que seguimos el amor de Cristo, y nadie puede ser mayor que Él, hemos de recorrer el largo camino de la renuncia, y mortificamos nuestros miembros para servir al Dios vivo; Cristo nos llama cada día, al igual que a sus apóstoles, a cargar con la cruz.

 

 

 

RB 7,10-30

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7   Jul.
9   Oct.
11 Ene.

Y

así, el primer grado de humildad es que el monje mantenga siempre ante sus ojos el temor de Dios y evite por todos los medios echarlo en olvido; 11que recuerde siempre todo lo que Dios ha mandado y medite constantemente en su espíritu cómo el infierno abrasa por sus pecados a los que menosprecian a Dios y que la vida eterna está ya preparada para los que le temen. 12Y, absteniéndose en todo momento de pecados y vicios, esto es, en los pensamientos, en la lengua, en las manos, en los pies y en la voluntad propia, y también en los deseos de la carne, 13tenga el hombre por cierto que Dios le está mirando a todas horas desde el cielo, que esa mirada de la divinidad ve en todo lugar sus acciones y que los ángeles le dan cuenta de ellas a cada instante.

14Esto es lo que el profeta quiere inculcarnos cuando nos presenta a Dios dentro de nuestros mismos pensamientos al decirnos: «Tú sondeas, ¡oh Dios!, el corazón y las entrañas». 15Y también: «El Señor conoce los pensamientos de los hombres». 16Y vuelve a decirnos: «De lejos conoces mis pensamientos». 17Y en otro lugar dice: «El pensamiento del hombre se te hará manifiesto». 18Y para vigilar alerta todos sus pensamientos perversos, el hermano fiel a su vocación repite siempre dentro de su corazón: «Solamente seré puro en su presencia si sé mantenerme en guardia contra mi iniquidad».

19En cuanto a la propia voluntad, se nos prohíbe hacerla cuando nos dice la Escritura: «Refrena tus deseos». 20También pedimos a Dios en la oración «que se haga en nosotros su voluntad». 21Pero que no hagamos nuestra propia voluntad se nos avisa con toda la razón, pues así nos libramos de aquello que dice la Escritura santa: «Hay caminos que les parecen derechos a los hombres, pero al fin van a parar a la profundidad del infierno». 22Y también por temor a que se diga de nosotros lo que se afirma de los negligentes: «Se corrompen y se hacen abominables en sus apetitos».

23Cuando surgen los deseos de la carne, creemos también que Dios está presente en cada instante, como dice el profeta al Señor: «Todas mis ansias están en tu presencia». 24Por eso mismo, hemos de precavernos de todo mal deseo, porque la muerte está apostada al umbral mismo del deleite. 25Así que nos dice la Escritura: «No vayas tras tus concupiscencias».

26Luego si «los ojos del Señor observan a buenos y malos», si «el Señor mira incesantemente a todos los hombres para ver si queda algún sensato que busque a Dios» 28y si los ángeles que se nos han asignado anuncian siempre día y noche nuestras obras al Señor, 29hemos de vigilar, hermanos, en todo momento, como dice el profeta en el salmo, para que Dios no nos descubra cómo «nos inclinamos del lado del mal y nos hacemos unos malvados»; 30y, aunque en esta vida nos perdone, porque es bueno, esperando a que nos convirtamos a una vida más digna, tenga que decirnos en la otra: «Esto hiciste, y callé».

 

 

Textfeld: 5   Abr
8   Jul.
10 Oct.
12 Ene.

RB 7,31-33

E

 

l segundo grado de humildad es que el monje, al no amar su propia voluntad, no se complace en satisfacer sus deseos, 32sino que cumple con sus obras aquellas palabras del Señor: «No he venido para hacer mi voluntad, sino la del que me ha enviado». 33Y dice también la Escritura: «La voluntad lleva su castigo y la sumisión reporta una corona».

 

Declaración, art. 66

 

Art. 66 La participación a la cruz de Cristo, a la que hemos sido llamados, se manifiesta muy a menudo de la forma siguiente: -humillándonos huyendo de la vanagloria y de las ambiciones egoístas; -cumpliendo exactamente el trabajo cotidiano, que actualmente impone frecuentes sacrificios, que muy bien pueden parangonarse con las austeridades de la vida monástico antigua; -ejercitando la paciencia con la cual hemos de soportar las enfermedades del cuerpo y del espíritu, la debilidad de nuestras facultades y el peso de la vida común; -amando a nuestros enemigos, perseguidores y calumniadores; aceptando la vejez y la muerte, de tal manera que manifestemos nuestra fe y nuestra esperanza en la vida eterna.

 

 

Textfeld: 6   Abr
9   Juil.
11 Oct.
13 Ene.

E

RB 7,34

l tercer grado de humildad es que el monje se someta al superior con toda obediencia por amor a Dios, imitando al Señor, de quien dice el Apóstol: «Se hizo obediente hasta la muerte».

 

Declaración, art. 67

 

Art. 67. Del mismo modo que en el bautismo prometimos oponernos y resistir a Satanás y a todas sus propuestas, mediante la vida monástica queremos huir del mundo en la medida que está sujeto al diablo; deseamos rechazar los deseos de los ojos, la concupiscencia de la carne y la soberbia de la vida. La huida del mundo ha de entenderse sobre todo como la separación interna de la mentalidad de este siglo que no espera nada más allá del sepulcro, y en esta vida únicamente valora los placeres del cuerpo y del alma.

La separación externa del "mundo" -practicada de maneras muy distintas según los diversos monasterios-, es un signo y a la vez un medio de esta separación interior.

 

RB 7,35-43

 

Textfeld: 7   Abr
10 Jul.
12 Oct.
14 Ene.

E

l cuarto grado de humildad consiste en que el monje se abrace calladamente con la paciencia en su interior en el ejercicio de la obediencia, en las dificultades y en las mayores contrariedades, e incluso ante cualquier clase de injurias que se le infieran, 36y lo soporte todo sin cansarse ni echarse para atrás, pues ya lo dice la Escritura: «Quien resiste hasta el final se salvará». 37Y también: «Cobre aliento tu corazón y espera con, paciencia al Señor». 38Y cuando quiere mostrarnos cómo el que desea ser fiel debe soportarlo todo por el Señor aun en las adversidades, dice de las personas que saben sufrir: «Por ti estamos a la muerte todo el día, nos tienen por ovejas de matanza». 39Mas con la seguridad que les da la esperanza de la recompensa divina, añaden estas palabras: «Pero todo esto lo superamos de sobra gracias al que nos amó». 40Y en otra parte dice también la Escritura: «¡Oh Dios!; nos pusiste a prueba, nos refinaste en el fuego como refinan la plata, nos empujaste a la trampa, nos echaste a cuestas la tribulación». 41Y para convencernos de que debemos vivir bajo un superior, nos dice: «Nos has puesto hombres que cabalgan encima de nuestras espaldas». 42Además cumplen con su paciencia el precepto del Señor en las contrariedades e injurias, porque, cuando les golpean en una mejilla, presentan también la otra; al que les quita la túnica, le dejan también la capa; si le requieren para andar una milla, le acompañan otras dos; 43como el apóstol Pablo, soportan la persecución de los falsos hermanos y bendicen a los que les maldicen.

 

Declaración, art. 68

 

Art. 68. El amor a la cruz y la decidida oposición al espíritu de este mundo no deben hacernos indiferentes a los auténticos valores de este mundo que hemos de utilizar en nuestro servicio del reino de Dios. Los valores técnicos y económicos, sociales y culturales no han de ser para nosotros como algo ajeno, sino más bien su utilización enriquece nuestra vida y nos hace entrar íntimamente en el seno de la familia humana.

 

 

 

RB ,44-48

Textfeld: 8   Abr
11 Jul.
13 Oct.
15 Ene.

E

 

l quinto grado de humildad es que el monje con una humilde confesión manifieste a su abad los malos pensamientos que le vienen al corazón y las malas obras realizadas ocultamente. 45La Escritura nos exhorta a ello cuando nos dice: «Manifiesta al Señor tus pasos y confía en él». 46Y también dice el profeta: «Confesaos al Señor, porque es bueno, porque es eterna su misericordia». 47Y en otro lugar dice: «Te manifesté mi delito y dejé de ocultar mi injusticia. 48Confesaré, dije yo, contra mí mismo al Señor mi propia injusticia, y tú perdonaste la malicia de mi pecado».

 

 

Declaración, art. 116

 

Art. 116. La Carta de Caridad establece una visita anual, que el abad del monasterio fundador o un delegado suyo, según la ley de filiación, debe realizar. La finalidad de esta visita era para promover el fervor, y, en caso de necesidad, para aportar una corrección fraterna en la caridad. La visita anual era el nervio de la estructura jurídica de la Orden, y fue objeto de gran estimación por parte de todos, incluso de personas ajenas a la misma. Ciertamente, mucho se debe a esta institución en orden a fortalecer y promover la vida de los monasterios.

El Visitador, una vez ha realizado el escrutinio, muy a menudo puede dar al abad local óptimos consejos, dirigir su atención a ciertas cuestiones y problemas que quizá el abad no ha percibido, o al menos no se ha dado plena cuenta de su concatenación y de sus aspectos personales. Si el Visitador comprendiera que en aquel monasterio no se observan ciertos preceptos de nuestra Orden, procure corregirlo caritativamente de acuerdo con el abad local.

La ley de la filiación hoy día solamente está en vigor en algunos monasterios. En lugar de la antigua relación casi natural, que era la base de la filiación, hoy encontramos generalmente la unión de monasterios diversos en Congregaciones, en las cuales, de ordinario el Visitador es el Abad Presidente de la Congregación, a excepción de aquellos casos en los cuales aun rige la ley de filiación o cuando las Constituciones de la Congregación disponen otra cosa.

 

 

RB 7,49-50

 

Textfeld: 9   Abr
12 Jul.
14 Oct.
16 Ene.

E

l sexto grado de humildad es que el monje se sienta contento con todo lo que es más vil y abyecto y que se considere a sí mismo como un obrero malo e indigno para todo cuanto se le manda, 50diciéndose interiormente con el profeta: «Fui reducido a la nada sin saber por qué; he venido a ser como un jumento en tu presencia, pero yo siempre estaré contigo».

 

Declaración, art. 117

 

Art. 117. La finalidad de la visita es la misma que la del principio, si bien ciertos aspectos del modo de llevarla a término han de adaptarse a las nuevas condiciones. Las visitas incluso en nuestros tiempos conviene que se hagan a menudo, si bien quizá no todas sean visitas canónicas. Téngase en cuenta para esto las necesidades de cada comunidad.

El Visitador no es, ciertamente, ni un legislador ni un reformador, sino más bien debe promover un examen de conciencia de todos. La solución de los problemas difícilmente puede venir de una imposición, sino tan solo de una interna persuasión. Como es natural, esto requiere muchas cosas tanto de parte del visitador como de parte de los visitados.

El Visitador, cuya función es ante todo un servicio de caridad, ha de procurar ante todo comprender el estado psicológico de la comunidad. Para que la visita aporte al monasterio un auténtico incremento, es necesario atender debidamente a la autonomía legítima del monasterio y a sus fines propios convenientemente aprobados.

Los que son visitados conviene que con toda humildad y sinceridad expongan cuanto crean conveniente, buscando en verdad el bien de las almas y el progreso de la comunidad en el servicio de Dios. No olviden los límites a que está sujeto el visitador, a saber, el ámbito limitado de materias en las cuales el Visitador puede intervenir, y las posibilidades reales de sus intervenciones. Muchas veces la visita no produce ningún fruto por el hecho de que muchos miembros de la comunidad esperaban del visitador una actuación inconsiderada e infundada, declarándose muy pronto decepcionados sin comprender que el visitador no podía realizar imposibles.

 

 

RB 7,51-54

 

Textfeld: 10 Abr
13 Jul.
15 Oct.
17 Ene.
E

l séptimo grado de humildad es que, no contento con reconocerse de palabra como el último y más despreciable de todos, lo crea también así en el fondo de su corazón, 52humillándose y diciendo como el profeta: «Yo soy un gusano, no un hombre; la vergüenza de la gente, el desprecio del pueblo». 53«Me he ensalzado, y por eso me veo humillado y abatido». 54Y también: «Bien me está que me hayas humillado, para que aprenda tus justísimos preceptos».

 

 

 

RB 7,55

Textfeld: 11 Abr
14 Jul.
16 Oct.
18 Ene.

E

l octavo grado de humildad es que el monje en nada se salga de la regla común del monasterio, ni se aparte del ejemplo de los mayores.

 

 

RB 7,56-58

 

Textfeld: 12 Abr
15 Jul.
17 Oct.
19 Ene.
E

l noveno grado de humildad es que el monje domine su lengua y, manteniéndose en la taciturnidad, espere a que se le pregunte algo para hablar, 57ya que la Escritura nos enseña que «en el mucho hablar no faltará pecado» 58y que «el deslenguado no prospera en la tierra».

 

 

RB 7,59

 

Textfeld: 13 Abr
16 Jul.
18 Oct.
20 Ene.
E

l décimo grado de humildad es que el monje no se ría fácilmente y en seguida, porque está escrito: «El necio se ríe estrepitosamente».

 

 

RB 7,60-61

 

Textfeld: 14 Abr
17 Jul.
19 Oct.
21 Ene.
E

l undécimo grado de humildad es que el monje hable reposadamente y con seriedad, humildad y gravedad, en pocas palabras y juiciosamente, sin levantar la voz, 61tal como está escrito: «Al sensato se le conoce por su parquedad de palabras».

 

RB 7,62-70

 

Textfeld: 15 Abr
18 Jul.
20 Oct.
22 Ene.

E

l El duodécimo grado de humildad es que el monje, además de ser humilde en su interior, lo manifieste siempre con su porte exterior a cuantos le vean; 63es decir, que durante la obra de Dios, en el oratorio, dentro del monasterio, en el huerto, cuando sale de viaje, en el campo y en todo lugar, sentado, de pie o al andar, esté siempre con la cabeza baja y los ojos fijos en el suelo. 64Y, creyéndose en todo momento reo de sus propios pecados, piensa que se encuentra ya en el tremendo juicio de Dios, 65diciendo sin cesar en la intimidad de su corazón lo mismo que aquel recaudador de arbitrios decía con la mirada clavada en tierra: «Señor, soy tan pecador, que no soy digno de levantar mis ojos hacia el cielo». 66Y también aquello del profeta: «He sido totalmente abatido y humillado».

67Cuando el monje haya remontado todos estos grados de humildad, llegará pronto a ese grado de «amor a Dios que, por ser perfecto, echa fuera todo temor»; 68gracias al cual, cuanto cumplía antes no sin recelo, ahora comenzará a realizarlo sin esfuerzo, como instintivamente y por costumbre; 69no ya por temor al infierno, sino por amor a Cristo, por cierta santa connaturaleza y por la satisfacción que las virtudes producen por sí mismas. 70Y el Señor se complacerá en manifestar todo esto por el Espíritu Santo en su obrero, purificado ya de sus vicios y pecados.

 

Declaración, art 10

 

Art. 10 La fuente más importante y ubérrima de nuestra vida es la acción y la inspiración del Espíritu Santo en nosotros. Creemos firmemente, en efecto, que el Espíritu de Dios está también operando en nosotros, iluminando nuestros corazones para que conozcamos mejor la voluntad de Dios y la sigamos con más prontitud. Nada es tan importante para nosotros como sondear con sinceridad de corazón nuestra vida y nuestra vocación, bajo la luz del Espíritu Santo y responder fielmente a sus impulsos. Esta operación, aunque misteriosa, se manifiesta de una manera especial en la fraternal unión de los hermanos buscando formas aptas y dignas del servicio de Dios, con el fin de buscar sinceramente la voluntad de Dios. El diálogo digno y abierto, la sincera y común deliberación, la cooperación responsable de todos los miembros, son, en primer lugar, los medios por los cuales se nos manifiestan los impulsos y mociones, del Espíritu Santo.

 

 

Capítulo 8º: EL OFICIO DIVINO POR LA NOCHE

 

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Textfeld: 16  Abr.
19  Jul.
21  Oct.

urante el invierno, esto es, desde las calendas de noviembre hasta Pascua, se levantarán a la octava hora de la no che conforme al cómputo correspondiente, 2 para que reposen hasta algo más de la media noche y puedan levantarse ya descansados. 3 El tiempo que resta después de acabadas las vigilias, lo emplearán los hermanos que así lo necesiten en el estudio de los salmos y de las lecturas.

4 Pero desde Pascua hasta las calendas de noviembre ha de regularse el horario de tal manera, que el oficio de las vigilias, tras un cortísimo intervalo en el que los monjes puedan salir por sus necesidades naturales, se comiencen inmediatamente los laudes, que deberán celebrarse al rayar el alba.

 

Declaración art. 18-21

 

Art. 18. Nuestra Orden -como cualquier individuo y cualquier sociedad particular, conserva en si misma su pasado, lleva consigo la herencia y la autoridad no solo de la historia propia desde los orígenes de Cister, sino también de la historia del monaquismo en general, cuyas raíces se remontan a los primeros siglos del cristianismo. Por tanto, nos será de gran provecho recoger brevemente las principales fases de la historia monástica así como su importancia.

 

Art. 19. Desde los orígenes de la Iglesia existían formas primitivas de vida monástica (los confesores, las vírgenes, cuya vida llaman algunos "monaquismo doméstico"). En el siglo III, además de las formas antedichas, aparecen los anacoretas y los cenobitas en toda la Iglesia, y a partir del siglo IV, se redactan las "Reglas" que tenían por misión ordenar las nuevas instituciones monásticas y transmitir a la posteridad las experiencias de los "padres espirituales". No obstante, el Evangelio continua siendo la "Regla no regulada", a la cual todas las demás habían de estar sometidas.

 

Art. 20. Sin duda alguna la Regla de san Benito sobresale entre todas.

De las demás reglas el santo Patriarca resumió cuanto había de importante en su "mínima Regla de iniciación" según la cual el monasterio es considerado como la "escuela del servicio divino", en la cual la comunidad, bajo la paternidad de Cristo, del cual hace sus veces el abad para servir a los hermanos, en el armónico equilibrio el “opus Dei”, de la lectura divina, del trabajo y otros ejercicios, a la luz del Evangelio corren por el camino de los mandamientos de Dios.

 

Art. 21. La Regla, que ordena la actividad en el interior del monasterio, en cierto modo recibe un complemento en la "Vida de san Benito" que nos describen los "Diálogos" de san Gregorio; aunque esta Vida no sea históricamente perfecta en todas sus partes, a pesar de todo, nos enseña como según la tradición este santo Padre recibía a, los que iban al monasterio y de que manera se conducía fuera del monasterio. San Gregorio nos muestra a san Benito que "con su predicación continua atraía a la fe a las multitudes que habitaban en los aledaños", y que también enviaba frecuentemente a sus hermanos al pueblo vecino para "exhortar a las almas".

 

 

Capítulo 9º: CUÁNTOS SALMOS HAN DE DECIRSE EN LAS HORAS NOCTURNAS

 

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20  Jul.
22  Oct.
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n el mencionado tiempo de invierno se comenzará diciendo en primer lugar y por tres veces este verso: «Señor, ábreme los labios, y mi boca proclamará tu alabanza». 2Al cual se añade el salmo 3 con el gloria. 3Seguidamente, el salmo 94 con su antífona, o al menos cantado. 4Luego seguirá el himno ambrosiano, y a continuación seis salmos con antífonas. 5Acabados los salmos y dicho el verso, el abad da la bendición. Y, sentándose todos en los escaños, leerán los hermanos, por su turno, tres lecturas del libro que está en el atril, entre las cuales se cantarán tres responsorios. 6Dos de estos responsorios se cantan sin gloria, y en el que sigue a la tercera lectura, el que canta dice gloria. 7Todos se levantarán inmediatamente cuando el cantor comienza el gloria, en señal de honor y reverencia a la Santísima Trinidad. 8En el oficio de las vigilias se leerán los libros divinamente inspirados, tanto del Antiguo como del Nuevo Testamento, así como los comentarios que sobre ellos han escrito los Padres católicos más célebres y reconocidos como ortodoxos.

9Después de estas tres lecciones con sus responsorios seguirán otros seis salmos, que se han de cantar con aleluya. 10Y luego viene una lectura del Apóstol, que se dirá de memoria; el verso, la invocación de la letanía, o sea, el Kyrie eleison, 11y así se terminan las vigilias de la noche.

 

 

Declaración art. 22

 

Art. 22 La Regla de san Benito no era la única regla en uso, ni tampoco gozaba de aceptación universal hasta el tiempo de san Benito de Aniano (época de la llamada "Regla mixta"). Pero a partir de aquel momento lentamente se fue introduciendo en todos los monasterios del Imperio Carolingio. Desde entonces en el monaquismo occidental se manifestó una cierta uniformidad de vida, que permitió llamar a aquel monaquismo benedictino.

Los Sínodos celebrados en los siglos IX-XI procuraron distinguir con mayor precisión las diferencias existentes entre los monjes y los canónigos regulares, aunque con escasos resultados. De hecho, el número de monjes que recibían las órdenes sagradas aumentaba cada vez más, pasando así a formar parte del estado clerical, mientras que los canónigos regulares buscaban organizar su vida según los usos monásticos. Además durante los siglos X y XI, los monjes, abandonando la simplicidad de vida, incrementaron sensiblemente la actividad de la liturgia en el monasterio, que pesó sobre el conjunto de la vida monástica hasta hacer perder el equilibrio existente entre oración y trabajo.

 

 

Capítulo 10º: CÓMO HA DE CELEBRARSE EN VERANO LA ALABANZA NOCTURNA

Textfeld: 18  Abr.
21  Jul.
23  Oct.
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 esde Pascua hasta las calendas de noviembre se mantendrá el número de salmos indicado anteriormente, 2y sólo se dejarán de leer las lecturas del libro, porque las noches son cortas. Y en su lugar se dirá solamente una, de memoria, tomada del Antiguo Testamento, seguida de un responsorio breve. 3Todo lo demás se hará tal como hemos dicho; esto es, que nunca se digan menos de doce salmos en las vigilias de la noche, sin contar el 3 y el 94.

 

 

Declaración art. 23

 

Art. 23 Sin embargo, en el siglo XI, entre los monjes así como entre los canónigos regulares, aparecen nuevos movimientos espirituales con el propósito de volver de nuevo a la verdadera pobreza evangélica, al trabajo manual, a la "pureza de la Regla" y a las fuentes auténticas del monacato antiguo.

Cister fue fundado con este fin. Los Fundadores del "Nuevo Monasterio" restituyeron el equilibrio entre vida litúrgico y el trabajo, si bien no aplicaron a la letra todas las disposiciones de la Regla.

Conservaron diversas funciones litúrgicas ignoradas por san Benito e introducidas posteriormente (como por ejemplo la misa conventual cotidiana), y así quedó alterado el horario de la jornada monástica primitiva. Además admitieron hermanos conversos, sin los cuales, según ellos decían, “no podían observar noche y día los preceptos de la Regla”. Así, pues, en muchos puntos interpretaban la Regla no según su sentido histórico del siglo VI, sino de acuerdo con interpretaciones posteriores.

Desde los comienzos, los monasterios fundados por Cister o por sus filiales eran abadías "sui iuris", unidas entre sí según las prescripciones de la "Carta de Caridad", y sus abades cada año se reunían en Cister para celebrar el Capítulo General con el fin de promover el bien de las almas de los monjes que se les habían confiado.

Desde los primeros decenios del siglo XIII, los abades de nuestra Orden promovieron fundaciones de monasterios de monjas y las ayudaros para organizar su vida. Los conventos de monjas así como también los monasterios de monjes, hasta el año 1184, estaban bajo la jurisdicción de los obispos. Una vez obtenida la exención, muchos monasterios de monjas fueron incorporados a la Orden.

Al inicio, las abadesas fundadoras hacían la visita regular a las abadías hijas, y las filiaciones tuvieron también sus capítulos, pero por causa de la ley de la clausura, que en la Edad Media fue cada vez más rigurosa para las monjas, la visita pasó al Padre Inmediato y los capítulos de abadesas ya no se celebraron más.

 

 

Capítulo 11º: CÓMO HAN DE CELEBRARSE LAS VIGILIAS LOS DOMINGOS

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22  Jul.
24  Oct.
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os domingos levántense más temprano para las vigilias. 2En estas vigilias se mantendrá íntegramente la misma medida; es decir, cantados seis salmos y el verso, tal como quedó dispuesto, sentados todos convenientemente y por orden en los escaños, se leen en el libro, como ya está dicho, cuatro lecciones con sus responsorios. 3Pero solamente en el cuarto responsorio dirá gloria el que lo cante; y cuando lo comience se levantarán todos con reverencia.

4Después de las lecturas seguirán por orden otros seis salmos con antífonas, como los anteriores, y el verso. 5A continuación se leen de nuevo otras cuatro lecciones con sus responsorios, de la manera como hemos dicho. 6Después se dirán tres cánticos de los libros proféticos, los que el abad determine, salmodiándose con aleluya. 7Dicho también el verso, y después de la bendición del abad, léanse otras cuatro lecturas del Nuevo Testamento de la manera ya establecida. 8Acabado el cuarto responsorio, el abad entona el himno Te Deum laudamus. 9Y, al terminarse, lea el mismo abad una lectura del libro de los evangelios, estando todos de pie con respeto y reverencia. 10Cuando la concluye, respondan todos «Amén», e inmediatamente entonará el abad el himno Te decet laus. Y, una vez dada la bendición, comienzan el oficio de laudes. 11Esta distribución de las vigilias del domingo debe mantenerse en todo tiempo, sea de invierno o de verano, 12a no ser que, ¡ojalá no ocurra!, se levanten más tarde, y en ese caso se acortarán algo las lecturas o los responsorios. 13Pero se pondrá sumo cuidado en que esto no suceda. Y, cuando así fuere, el causante de esta negligencia dará digna satisfacción a Dios en el oratorio.

 

 

Declaración art. 24

 

Art. 24 Dado que la orden crecía aceleradamente con la fundación de centenares de abadías y con la incorporación de varias Congregaciones (la congregación de Savigny, y la de Obazine, ya en tiempos de san Bernardo), la "semejanza en las costumbres" que existía al principio, lenta y gradualmente perdió su uniformidad.

La transformación de la vida social, intelectual, y política ejerció su influjo incluso en el desarrollo de la Orden; por esta razón, el Capítulo General procuraba adaptar la legislación de la Orden a las exigencias siempre nuevas, e incluso en el mismo siglo XII no dudó en retocar en diversas ocasiones y no ligeramente la "Carta de Caridad".

 

 

Capítulo 12º: CÓMO SE HA DE CELEBRAR EL OFICIO DE LAUDES

 

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23 Jul.
25 Oct.

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n los laudes del domingo se ha de decir, en primer lugar, el salmo 66, sin antífona y todo seguido. 2Después, el salmo 50 con aleluya. 3A continuación, el 117 y el 62; 4luego, el Benedicite y los Laudate, una lectura del Apocalipsis, de memoria, y el responsorio, el himno ambrosiano, el verso, el cántico evangélico, las preces litánicas, y de esta manera se concluye.

 

Declaración, art. 25

 

Art. 25. Más adelante, el gran número de abades que tenían el derecho de  participar en el Capítulo General, condujo a la creación del Definitorio, que recibió su forma constitucional en 1265 y la conservó hasta la Revolución Francesa. Por este motivo, pero también a causa de las guerras y de otras dificultades, los abades comenzaron a participar en el Capítulo General con menos frecuencia. Contemporáneamente en diversas regiones, en particular en la Europa central y en la Europa oriental así como en Portugal, la vida cisterciense adoptó nuevas formas.

En los siglos sucesivos, a estas razones se añadieron otras, políticas y eclesiásticas, como es la institución de la encomienda, que en cada región exigía nuevas soluciones. Así en la Orden aparecieron las Congregaciones (por disposición de los Romanos Pontífices en el 1425 tuvo origen la Congregación de Castilla, en 1497 la Congregación de San Bernardo de Italia, en 1507 la Congregación Portuguesa, y en el siglo XVII, con el consentimiento del Capítulo General, se formaron las Congregaciones de Calabria y Lucania, la Romana, la Aragonesa y la de Alemania Superior).

 

 

Capítulo 13ro: CÓMO HAN DE CELEBRARSE LAS LAUDES EN LOS DÍAS FERIALES

 

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24 Jul.
26 Oct.

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os días de entre semana, en cambio, el oficio de laudes se celebra de la siguiente manera: 2 se dice sin antífona, como los domingos, el salmo 66, a ritmo un poco lento con el fin de que lleguen todos para el salmo 50, que se dirá con antífona. 3 Y después otros dos salmos, según costumbre; esto es, 4 el lunes, el 5 y el 35; 5 el martes, el 42 y el 56; 6 el miércoles, el 63 y el 64; 7 el jueves, el 87 y el 89; 8 el viernes, el 75 y el 91; 9 el sábado, el 142 y el cántico del Deuteronomio, que se partirá con dos glorias. 10 Y los demás días de la semana debe decirse un cántico de los profetas, en cada día el suyo, como salmodia la Iglesia romana. 11 A continuación se dicen los Laudate; luego, de memoria, una lectura del Apóstol, el responsorio, el himno ambrosiano, el verso, el cántico evangélico, la letanía, y así termina el oficio. 12 Nunca deben terminarse las celebraciones de laudes y vísperas sin que al final recite el superior íntegramente la oración que nos enseñó el Señor, en voz alta, para que todos la puedan oír, a causa de las espinas de las discordias que suelen surgir, 13 con el fin de que, amonestados por el compromiso a que obliga esta oración cuando decimos: «Perdónanos así como nosotros perdonamos», se purifiquen de ese vicio. 14 Pero en las demás celebraciones solamente se dirá en alta voz la última parte de la oración, para que todos respondan: «Mas líbranos del mal».

 

 

Declaración, art. 26-28

 

Art. 26. Durante estos siglos aumentaba cada vez más la tendencia hacia el sacerdocio en la Orden, y muchos monasterios aceptaron diversas responsabilidades de ministerio pastoral; después del Concilio de Trento en muchas partes de la Orden la cura pastoral en las parroquias vino a ser la forma principal de trabajo y la actividad preferida de muchos monjes sacerdotes.

 

Art. 27. La instrucción de la juventud en las escuelas tiene profundas y sólidas raíces en la tradición monástica antigua, y, si bien los cistercienses de los comienzos de acuerdo con las circunstancias de aquellos momentos, habían renunciado a dedicarse a esta actividad, más adelante la aceptaron bajo formas diversas. La enseñanza en las escuelas de derecho público fue aceptada en muchos monasterios especialmente a partir del siglo XVIII, cuando tuvo lugar la aparición del sistema moderno de educación.

 

Art. 28. La Orden sufrió graves daños en el siglo XVI a causa de la Reforma Protestante y de sus consecuencias, pero en el siglo XVII en muchas regiones comenzó un nuevo florecimiento. La mayor parte de las abadías que en este período, participaban en los deberes y solicitud de las iglesias locales mediante la aceptación de la cura pastoral y la actividad de enseñar, procuraron adaptar su vida a estas nuevas obligaciones. La Revolución Francesa, el josefinismo y las secularizaciones y, en otros países no sólo destruyeron gran parte de los monasterios sino también radicalmente la organización de la Orden.

Al suprimirse Cister, como que no había unas Constituciones de la Orden aptas para superar las dificultades, y sin posibilidad de convocar el Capitulo General, el antiguo derecho constitucional de la Orden se cambió. Al morir el Abad de Cister, la misma Santa Sede se hallaba en grandes dificultades y sólo de manera provisoria pudo proveer para la Orden. Pero al regresar Pío VII de la cautividad de Napoleón a Roma, enseguida instituto cabeza de la orden que fue, desde entonces hasta 1880, el Abad Presidente de la Congregación de San Bernardo en Italia. Sin embargo la jurisdicción de este Abad Presidente General casi únicamente se limitaba a la confirmación de los neolectos abades de la Estrecha Observancia, pero se hizo de este modo para que, se conservara la unidad de la Orden.

Cuando en el año 1834 fue erigida la primera Congregación de la B.M.V. de la Trapa, se decía claramente que aquella Congregación estaba bajo la jurisdicción del Abad General.

Los esfuerzos para convocar un Capítulo General de todos los abades no tuvieron feliz éxito y así el primer Capítulo General, después, de la Revolución Francesa, solamente se celebró en el año 1880 y sus miembros fueron determinados por la Santa Sede.

En el año 1892 en el capítulo de la unión de tres Congregaciones de la Estrecha observancia, los Padres capitulares libremente constituyeron una orden autónoma: la orden de los Cistercienses Reformados de la B.M.V de la Trappa. León XIII, vista la imposibilidad de reunir las dos Órdenes, en el año 1892 habló de "Familia Cisterciense", concediendo a la Orden de los Cistercienses reformados todos los privilegios de la Orden Cisterciense.

 

 

Capítulo 14º: CÓMO HAN DE CELEBRARSE LAS VIGILIAS EN LAS FIESTAS DE LOS SANTOS

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25 Jul.
27 Oct.

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n las fiestas de los santos y en todas las solemnidades, el oficio debe celebrarse tal como hemos dicho que se haga en el oficio dominical, 2sólo que los salmos, antífonas y lecturas serán los correspondientes al propio del día. Pero se mantendrá la cantidad de salmos indicada anteriormente.

 

 

Declaración, art. 29

 

Art. 29. Ya en el siglo pasado muchas veces los abades de los restantes monasterios se reunieron en Capítulo General, y ya dentro de nuestro siglo por tres veces se redactaron las Constituciones del Régimen Supremo de la Orden. Contemporáneamente, muchos monasterios que no pertenecían a la Orden (Phuoc-Son, Boquen) y la Congregación de Casamari, se unieron a ella, a la vez que tenían lugar nuevas fundaciones en tierras de misión.

Después de la segunda guerra mundial los monasterios de monjas de España e Italia formaron Federaciones de derecho pontificio que tienen grandes méritos tanto en el aspecto espiritual como en el material y conviene que su trabajo, para el bien de los monasterios y de la Orden, continúe.

Así se ha ido formando nuestra Orden tal como existe hoy día, que abraza una realidad bastante compleja. Por esta razón es sumamente necesario que en el trabajo de renovación las diversas comunidades conozcan ante todo sus obligaciones y sus fines, y que los determinen con claridad y sinceridad. Una tal clarificación ayudará a infundir vitalidad y comprensión recíproca en el seno de la Orden.

 

 

Capítulo 15º: EN QUÉ TIEMPOS SE DIRÁ ALELUYA

 

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26 Jul.
28 Oct.

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esde la santa Pascua hasta Pentecostés se dirá el aleluya sin interrupción tanto en los salmos como en los responsorios. 2Pero desde Pentecostés hasta el principio de la cuaresma solamente se dirá todas las noches con los seis últimos salmos del oficio nocturno. 3Mas los domingos, menos en cuaresma, han de decirse con aleluya los cánticos, laudes, prima, tercia, sexta y nona; las vísperas, en cambio, con antífona. 4Los responsorios nunca se dirán con aleluya, a no ser desde Pascua hasta Pentecostés.

 

Declaración, art. 59

 

Art. 59. El monje que busca a Dios imitando a Cristo y desea servirle, se da a la oración muy a menudo. El espíritu y el corazón se elevan a la consideración de las cosas divinas ya sea con la meditación de la Palabra de Dios que se nos revela, ya sea con la oración común o privada, que es como la respuesta a la Palabra de Dios. De esta manera podemos hallar la fuente de inspiración de todos nuestros actos, y al mismo tiempo, podemos conocer mejor y rectificar con más frecuencia la dirección de nuestra vida.

 

 

Capítulo 16º: CÓMO SE CELEBRARAN LOS OFICIOS DIVINOS DURANTE EL DÍA

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27 Jul.
29 Oct.

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omo dice el profeta: «Siete veces al día te alabo». 2Cumpliremos este sagrado número de siete si realizamos las obligaciones de nuestro servicio a las horas de laudes, prima, tercia, sexta, nona, vísperas y completas, "porque de estas horas diurnas dijo el salmista: «Siete veces al día te alabo». 3Y, refiriéndose a las vigilias nocturnas, dijo el mismo profeta: «A media noche me levanto para darte gracias». 5Por tanto, tributemos las alabanzas a nuestro Creador en estas horas «por sus juicios llenos de justicia», o sea, a laudes, prima, tercia, sexta, nona, vísperas y completas, y levantémonos a la noche para alabarle.

 

Declaración, art. 60

 

Art. 60. Del mismo modo que la vocación es una gracia de Dios, así nuestra posibilidad de orar no nos viene de nosotros mismos, sino del Espíritu Santo, por el cual clamamos: "Abba, Padre". Con la frecuencia de los sacramentos, y de modo especial, en la celebración cotidiana de la Eucaristía, va aumentando asiduamente en nosotros la vida de la gracia, y nuestra oración se une sacramentalmente a los actos salvíficos de Cristo.

Tal como demuestran toda la tradición monástica y las disposiciones de la Iglesia, los monjes están llamados de modo especial a continuar en la Iglesia la oración de Cristo, ya sea en la celebración de la misa y del oficio divino -que, necesariamente, han de ocupar el primer lugar en su vida-, ya sea en las demás formas de oración, la cual debe empapar toda su vida.

 

 

Capítulo 17º: CUÁNTOS SALMOS SE HAN DE CANTAR A DICHAS HORAS

 

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28 Jul.
30 Oct.
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a hemos determinado cómo se ha de ordenar la salmodia para los nocturnos y laudes. Vamos a ocuparnos ahora de las otras horas. 2A la hora de prima se dirán tres salmos separadamente, esto es, no con un solo gloria, 3y el himno de la misma hora después del verso «Dios mío, ven en mi auxilio». 4Acabados los tres salmos, se recita una lectura, el verso, Kyrie eleison y las fórmulas conclusivas.

5A tercia, sexta y nona se celebrará el oficio de la misma manera; es decir, el verso, los himnos propios de cada tres salmos, la lectura y el verso, Kyrie eleison y las fórmulas finales. 6Si la comunidad es numerosa, los salmos se cantarán con antífonas; pero, si es reducida, seguidos.

7Mas la synaxis vespertina constará de cuatro salmos con antífona. 8 Después se recita una lectura; luego, el responsorio, el himno ambrosiano, el verso, el cántico evangélico, las preces litánicas y se concluye con la oración dominical.

9Las completas comprenderán la recitación de tres salmos. Estos salmos directáneos han de decirse seguidos, sin antífona. 10Después del himno correspondiente a esta hora, una lectura, el verso, Kyrie eleison y se acaba con la bendición.

 

Declaración art. 61

 

Art. 61. En la celebración eucarística se hace presente el sacrificio de Cristo ofrecido una vez para siempre en la cruz diariamente ofrecido por nosotros y las acciones humanas que son un culto a Dios se convierten en signo eficaz de las acciones de Cristo, y así el don y la Palabra de Dios, y la respuesta de los hombres, mediante las alabanzas y las acciones de gracias, contribuyen en el más alto grado a la gloria de Dios y a la santificación del hombre. Todos los ministerios eclesiásticos están ordenados a la celebración de la Eucaristía, que es el verdadero centro de toda la liturgia, así como de la entera vida cristiana. Por esta razón es necesario que ocupe el primer lugar en importancia en nuestra vida monástica el sacramento de piedad, signo de unidad, vínculo de caridad, convite pascual, en el cual se recibe Cristo, la mente se llena de gracia y se nos da la prenda de la gloria futura. La adoración de Cristo presente en la Eucaristía es una ayuda para que la activa participación en el sacrificio de Cristo se continúe eficazmente todo el día.

 

 

Capítulo 18º: ORDENACIÓN DE LA SALMODIA

 

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29 Jul.
31 Oct.
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n primer lugar se ha de comenzar con el verso «Dios mío, ven en mi auxilio; Señor, date prisa en socorrerme», gloria y el himno de cada hora.

2 El domingo a prima se recitarán cuatro secciones del salmo 118. 3 En las restantes horas, es decir, en tercia, sexta y nona, otras tres secciones del mismo salmo 118. 4 En prima del lunes se dirán otros tres salmos: el primero, el segundo y el sexto. 5 Y así, cada día, hasta el domingo, se dicen en prima tres salmos, por su orden, hasta el 19; de suerte que el 9 y el 17 se dividan en dos glorias. 6 De este modo coincidirá que el domingo en las vigilias se comienza siempre por el salmo 20.

7 En tercia, sexta y nona del lunes se dirán las nueve secciones restantes del salmo 118; tres en cada hora. 8 Terminado así el salmo 118 en dos días, o sea, entre el domingo y el lunes, 9 a partir del martes, a tercia, sexta y nona se dicen tres salmos en cada hora, desde el 119 hasta el 127, que son nueve salmos; 10 los cuales se repiten siempre a las mismas horas hasta el domingo, manteniendo todos los días una disposición uniforme de himnos, lecturas y versos. 11 De esta manera, el domingo se comenzará siempre con el salmo 118.

12Las vísperas se celebrarán cada día cantando cuatro salmos. 13Los cuales han de comenzar por el 109 hasta el 147, 14a excepción de los que han de tomarse para otras horas, que son desde el 117 hasta el 127 y desde el 133 hasta el 142. 15Los restantes se dirán en vísperas. 16Y como así faltan tres salmos, se dividirán los más largos, o sea, el 138, el 143 y el 144. 17En cambio, el 116, por ser muy corto, se unirá al 115. 18Distribuido así el orden de la salmodia vespertina, todo lo demás, esto es, la lectura, el responsorio, el himno, el verso y el cántico evangélico, se hará tal como antes ha quedado dispuesto.

19En completas se repetirán todos los días los mismos salmos: el 4, el 90 y el 133.

20Dispuesto el orden de la salmodia para los oficios diurnos, todos los salmos restantes se distribuirán proporcionalmente a lo largo de las siete vigilias nocturnas, 21 dividiéndose los más largos de tal forma, que para cada noche se reserven doce salmos.

22Pero especialmente queremos dejar claro que, si a alguien no le agradare quizá esta distribución del salterio, puede distribuirlo de otra manera, si así le pareciere mejor, 23 con tal de que en cualquier caso observe la norma de recitar íntegro el salterio de 150 salmos durante cada una de las semanas, de modo que se empiece siempre en las vigilias del domingo por el mismo salmo. 24Porque los monjes que en el curso de una semana reciten menos de un salterio con los cánticos acostumbrados, mostrarán muy poco fervor en el servicio a que están dedicados 25cuando podemos leer que nuestros Padres tenían el coraje de hacer en un solo día lo que ojalá nosotros, por nuestra tibieza, realicemos en toda una semana.

 

 

Declaración art. 62

 

Art. 62. En la reforma del oficio divino, que ha de continuar hasta completarse, es necesario tener presente en primer lugar la unidad y la armonía que han de existir entre liturgia y las demás actividades de la vida religiosa. De hecho, si bien la liturgia es "la cima hacia la cual tiende la acción da la Iglesia, y a la vez, la fuente de donde dimana toda su fuerza", sin embargo no agota toda la acción de la Iglesia y del programa monástico. Por esta razón la vida de la comunidad está ordenada de tal modo que permita una celebración provechosa de la liturgia, y a la vez, la estructura y las formas litúrgicas sean tales que puedan alimentar y animar la vida cotidiana. Que el peso de la jornada no ahogue la liturgia, ni las formas litúrgicas sean tales que, al margen de la mentalidad moderna, hagan estéril su celebración.

 

 

Capítulo 19º: NUESTRA ACTITUD DURANTE LA SALMODIA

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30 Jul.
1  Nov
23 Ene..
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reemos que Dios está presente en todo lugar y que «los ojos del Señor están vigilando en todas partes a buenos y malos»; 2pero esto debemos creerlo especialmente sin la menor vacilación cuando estamos en el oficio divino. 3Por tanto, tengamos siempre presente lo que dice el profeta: «Servid al Señor con temor»; 4y también: «Cantadle salmos sabiamente», 5y: «En presencia de los ángeles te alabaré». 6Meditemos, pues, con qué actitud debemos estar en la presencia de la divinidad y de sus ángeles, 7y salmodiemos de tal manera, que nuestro pensamiento concuerde con lo que dice nuestra boca.

 

Declaración art. 63

 

Art. 63.A la vida de oración pertenece también la “lectura divina” la cual requiere una educación idónea y unas ciertas condiciones para que pueda ser de verdad una lectura que lleve a la oración, reposada y asidua. Adornada con estas cualidades, la lectura divina ayuda eficazmente al monje a ser más y más el hombre de Dios, y le hace sentir claramente la presencia de Dios y le hace comprender mejor su voluntad.

Para favorecer este espíritu de oración tiene una gran importancia la observancia del silencio. Respetando con fidelidad el tiempo de silencio, nuestros corazones se disponen para oír mejor la Palabra de Dios y para cumplirla con más generosidad.

 

 

Capítulo 20º: LA REVERENCIA EN LA ORACIÓN

Textfeld: 28 Abr
31 Jul.
2   Nov.
24 Ene.

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i cuando queremos pedir algo a los hombres poderosos no nos atrevemos a hacerlo sino con humildad y respeto, 2con cuánta mayor razón deberemos presentar nuestra súplica al Señor, Dios de todos los seres, con verdadera humildad y con el más puro abandono. 3Y pensemos que seremos escuchados no porque hablemos mucho, sino por nuestra pureza de corazón y por las lágrimas de nuestra compunción. 4Por eso, la oración ha de ser breve y pura, a no ser que se alargue por una especial efusión que nos inspire la gracia divina. 5Mas la oración en común abréviese en todo caso, y, cuando el superior haga la señal para terminarla, levántense todos a un tiempo.

 

Declaración art. 64

 

Art. 64. La unidad de vida se manifiesta en la armónica fusión de las diversas partes. En primer lugar, hemos de procurar que la actividad litúrgica de nuestros monasterios sea como una luz ardiente y brillante que se difunda por toda la iglesia local; que nuestras celebraciones atraigan a los cristianos de los alrededores a una participación activa y ofrezcan al pueblo cristiano una fuente abundante para su vida espiritual.

 

 

Capítulo 21º: LOS DECANOS DEL MONASTERIO

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1   Agos.
3   Nov
25 Ene.

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i la comunidad es numerosa, se elegirán de entre sus miembros hermanos de buena reputación y vida santa, y sean constituidos como decanos, 2para que con su solicitud velen sobre sus decanías en todo, de acuerdo con los preceptos de Dios y las disposiciones del abad. 3Sean elegidos decanos aquellos con quienes el abad pueda compartir con toda garantía el peso de su responsabilidad. 4Y no se les elegirá por orden de antigüedad, sino según el mérito de su vida y la discreción de su doctrina.

5Si alguno de estos decanos, hinchado quizá por su soberbia, tuviera que ser reprendido y después de la primera, segunda y tercera corrección no quiere enmendarse, será destituido, 6y ocupará su lugar otro que sea digno. 7Lo mismo establecemos con relación al prepósito.

Declaración art. 77

 

Art. 77. Habiendo descrito los rasgos principales de nuestra Orden en su existencia concreta y explanados brevemente los valores fundamentales de la vida cisterciense, resta ahora considerar la organización de la vida práctica y las convenientes estructuras jurídicas tanto de las diversas comunidades y congregaciones como de toda la Orden. Ciertamente, no basta exponer la doctrina acerca de los fines y valores de nuestra vida, sino que también han de buscarse las razones prácticas y jurídicas mediante las cuales viene ordenada la vida de nuestras comunidades de modo que se alcancen los fines propuestos.

A continuación vamos a exponer únicamente aquellos elementos o principios que, a nuestro juicio, son necesarios para resolver los problemas de hoy día, dejando la concreta organización de la vida de las comunidades a las Constituciones de la Orden, y de las Congregaciones así como a los Estatutos de carácter local. En primer lugar, expondremos los aspectos fundamentales de cualquier organización jurídica, y de todo ejercicio de la autoridad; después trataremos de modo más concreto del régimen y organización de los monasterios, de las Congregaciones y de la Oren; y, finalmente, diremos algo de las relaciones de nuestra Orden con las demás ordenes monásticas y con los distintos organismos de la Iglesia.

 

 

Capítulo 22: CÓMO HAN DE DORMIR LOS MONJES

 

 

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2   Ag
4   Nov.
26 Ene.

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ada monje tendrá su propio lecho para dormir. 2Según el criterio de su abad, recibirán todo lo necesario para la cama en consonancia con su género de vida.

3En la medida de lo posible, dormirán todos juntos en un mismo lugar; pero si por ser muchos resulta imposible, dormirán en grupos de diez o de veinte, con ancianos que velen solícitos sobre ellos. 4Hasta el amanecer deberá arder continuamente una lámpara en la estancia.

5Duerman vestidos y ceñidos con cintos o cuerdas, de manera que mientras descansan no tengan consigo los cuchillos, para que no se hieran entre sueños. 6Y también con el fin de que los monjes estén siempre listos para levantarse; así, cuando se dé la señal, se pondrán en pie sin tardanza y de prisa para acudir a la obra de Dios, adelantándose unos a otros, pero con mucha gravedad y modestia. 7Los hermanos más jóvenes no tengan contiguas sus camas, sino entreveradas con las de los mayores. 8Al levantarse para la obra de Dios, se avisarán discretamente unos a otros, para que los somnolientos no puedan excusarse.

 

 

Capítulo 23: LA EXCOMUNIÓN POR LAS FALTAS

 

 

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5   Nov.
27 Ene.
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i algún hermano recalcitrante, o desobediente, o soberbio, o murmurador, o infractor en algo de la santa regla y de los preceptos de los ancianos demostrara con ello una actitud despectiva, 2siguiendo el mandato del Señor, sea amonestado por sus ancianos por primera y segunda vez. 3Y, si no se corrigiere, se le reprenderá públicamente. 4Pero, si ni aún así se enmendare, incurrirá en excomunión, en el caso de que sea capaz de comprender el alcance de esta pena. 5Pero, si es un obstinado, se le aplicarán castigos corporales.

 

 

Declaración art. 78

 

Art. 78. Todo lo que se dirá a continuación vale también para los monasterios de nuestras monjas, a no ser que por su misma naturaleza aparezca lo contrario. Las monjas de nuestra Orden no constituyen una "segunda Orden" junto a una "primera Orden" formada por los monjes, sino que todos forman parte de la misma Orden Cisterciense. Los monasterios de monjas son, en realidad, monasterios "sui juris", aun cuando en el foro jurisdiccional, dependan del Padre Inmediato o del Obispo. Además, muchos de ellos son miembros de nuestras Congregaciones, gozando de leyes semejantes a las de los monjes. Por lo tanto, es indudable que ha de promoverse de modo eficaz y constante, si bien poco a poco, la participación de las mismas monjas en todas las decisiones que atañen a su propia vida, e incluso en los asuntos relativos a la propia Congregación y al conjunto de la Orden.

 

 

Capítulo 24º: CUÁL DEBE SER LA NORMA DE LA EXCOMUNIÓN

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egún sea la gravedad de la falta, se ha de medir en proporción hasta dónde debe extenderse la excomunión o el castigo. 2Pero quien tiene que apreciar la gravedad de las culpas será el abad, conforme a su criterio.

3Cuando un hermano es culpable de faltas leves, se le excluirá de su participación en la mesa común. 4Y el que así se vea privado de la comunidad durante la comida, seguirá las siguientes normas: en el oratorio no cantará ningún salmo ni antífona, ni recitará lectura alguna hasta que haya cumplido la penitencia. 5Comerá totalmente solo, después de que hayan comido los hermanos. 6De manera que, si, por ejemplo, los hermanos comen a la hora sexta, él comerá a la hora nona, y si los hermanos comen a la hora nona, él lo hará después de vísperas 7hasta que consiga el perdón mediante una satisfacción adecuada.

 

Declaración art. 81

 

Art. 81. Si bien la comunidad monástica ha de estar fundamentada en la caridad a Cristo y a los hermanos, así como en la voluntaria aceptación de los fines y de los objetivos del propio monasterio, sin embargo, en cuanto es una unión estable de hombres constituida para obtener un fin determinado, tiene necesidad también de una estructura sólida, es decir, de una ordenación conveniente por medio de leyes y preceptos de los superiores. De este modo, la estabilidad y la continuidad de la vida se fortalecen, los esfuerzos de todos los miembros se aplican más eficazmente al fin común, la vida y la actividad de todos pueden coordinarse en la paz. Además de las leyes y demás estatutos escritos, mediante los cuales vienen establecidos los aspectos más permanentes de la vida, es necesario también que exista la autoridad personal del abad y de los oficiales del monasterio con el fin de que puedan disponer con responsabilidad y presteza los modos concretos de actuación que no pueden ser determinados con minuciosas leyes en las presentes condiciones tan variadas y mutables de la vida moderna. Para establecer las leyes y las normas convenientes, tienen un papel importante los capítulos, consejos y demás órganos representativos de la comunidad, y en ciertos casos, determinados por el derecho, incluso con voto deliberativo. Estos mismos órganos deben ayudar a los superiores y a los oficiales a tomar decisiones concretas, en aquellos casos en que, según el derecho, es competencia del abad o de un oficial determinado del monasterio determinar. Con todo hay que procurar que esta intervención no venga a suprimir o debilitar los derechos y responsabilidades de los interesados.

Capítulo 25º: LAS CULPAS GRAVES

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5   Ag.
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l hermano que haya cometido una falta grave será excluido de la mesa común y también del oratorio. 2Y ningún hermano se acercará a él para hacerle compañía o entablar conversación. 3Que esté completamente solo mientras realiza los trabajos que se le hayan asignado, perseverando en su llanto penitencial y meditando en aquella terrible sentencia del Apóstol que dice: 4«Este hombre ha sido entregado a la perdición de su cuerpo para que su espíritu se salve el día del Señor». 5Comerá a solas su comida, según la cantidad y a la hora que el abad juzgue convenientes. 6Nadie que se encuentre con él debe bendecirle, ni se bendecirá tampoco la comida que se le da.

 

Declaración art. 82

 

Art. 82. La autoridad de las leyes y de los superiores el monasterio, si bien tiene mucho de común con la legítima autoridad civil de la sociedad, sin embargo no pueden sin más equipararse. En primer lugar, la autoridad en el monasterio viene ejercida de tal manera que presenta un carácter eclesial, el cual proviene de una parte de la aprobación de la Regla y de las Constituciones por la Santa Sede, y de otra, de la aceptación de nuestra profesión por la Iglesia. De donde se sigue que el amor al monasterio procede del amor a la Iglesia, a la cual nos unimos íntimamente por razón de nuestra profesión, y aquel amor aumentará en la medida en que crezcamos en el amor a la Iglesia. Además presenta también un carácter íntimamente religioso, por cuanto la raíz de la obediencia monástica no es la necesidad o la oportunidad humana, sino nuestra misma vocación y nuestra dedicación voluntaria al servicio de la Voluntad de Dios. Aquellos que, en el seno de la comunidad, detenían la facultad de legislar o de mandar, vienen a ser como instrumentos para llegar a conocer cual es la voluntad concreta de Dios sobre una determinada comunidad. Así pues, si bien no es lícito identificar simplemente la obediencia a Dios con la obediencia prestada a un hombre, sin embargo en la vida monástica en un sentido real obedecemos a los que ocupan las veces de Cristo, y la obediencia prestada a los mayores entra a formar parte del servicio de Dios.

La autoridad en las comunidades monásticas posee unas raíces mucho más profundas que la autoridad en las sociedades meramente civiles; sin embargo las experiencias y los nuevos métodos de ésta última no pueden despreciarse ni desatenderse, sino más bien examinarlos con espíritu abierto. Con mucha frecuencia, puede hallarse algo útil en las diversas mutaciones sociales o en las nuevas formas de gobierno que, incluso para nosotros, presente valores a aprovechar para una mejor organización de la vida monástica actual.

 

 

Capítulo 26º: LOS QUE SE RELACIONAN CON LOS EXCOMULGADOS SIN AUTORIZACIÓN

 

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6   Ag.
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i algún hermano, sin orden del abad, se permite relacionarse de cualquier manera con otro hermano excomulgado, hablando con él o enviándole algún recado, 2incurrirá en la misma pena de excomunión.

 

Declaración art. 83

 

Art. 83. En la organización y legislación de la vida monástica, así como en el ejercicio de la-autoridad personal han de tenerse muy en cuenta los principios sociológicos, fundados en el derecho natural, que en estos últimos tiempos han sido mejor conocidos y proclamados con gran insistencia por el Magisterio de la Iglesia. Entre estos principios son de gran importancia para nosotros los principios correlativos de personalismo y solidariedad, y de subsidiariedad y pluralismo legítimo dentro de una unidad necesaria.

 

 

CAPÍTULO 27º: LA SOLICITUD QUE EL ABAD DEBE TENER CON LOS EXCOMULGADOS

 

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l abad se preocupará con toda solicitud de los hermanos culpables, porque «no necesitan médico los sanos, sino los enfermos». 2Por tanto, como un médico perspicaz, recurrirá a todos los medios; como quien aplica cataplasmas, esto es, enviándole monjes ancianos y prudentes, 3quienes como a escondidas consuelen al hermano vacilante y le muevan a una humilde satisfacción, animándole «para que la excesiva tristeza no le haga naufragar», 4sino que, como dice también el Apóstol, «la caridad se intensifique» y oren todos por él.

5Efectivamente, el abad debe desplegar una solicitud extrema y afanarse con toda sagacidad y destreza por no perder ninguna de las ovejas a él confiadas. 6No se olvide de que aceptó la misión de cuidar espíritus enfermizos, no la de dominar tiránicamente a las almas sanas. 7Y tema aquella amenaza del profeta en la que dice Dios: «Tomabais para vosotros lo que os parecía pingüe y lo flaco lo desechabais». 8Imite también el ejemplo de ternura que da el buen pastor, quien, dejando en los montes las noventa y nueve ovejas, se va en busca de una sola que se había extraviado; 9cuyo abatimiento le dio tanta lástima, que llegó a colocarla sobre sus sagrados hombros y llevarla así consigo otra vez al rebaño.

Declaración art. 84

 

Art 84. El principio del personalismo, precepto fundamental de la doctrina social católica, enseña que el sujeto y el fin de todas las instituciones sociales es y debe ser la persona humana. Así pues, todas las estructuras jurídicas nuestras han de estar ordenadas ante todo a este fin, de modo que nuestros hermanos puedan conseguir de modo más perfecto y fácil su propia perfección, y realizar las exigencias de su vocación de un modo más conveniente. La dignidad sagrada de la persona humana, fundada en la naturaleza del hombre y aun más en su vocación sobrenatural, así como los derechos inalienables que de ella proceden, han de ser tenidas en cuenta y respetadas también en la legislación y gobierno del monasterio y de la Orden.

De donde se sigue que las prescripciones de las leyes o los mandatos de los superiores no han de mantener a los monjes en una dependencia pueril, sino más bien han de conducirlos hacia una madura libertad cristiana y a una responsable participación en el gobierno para bien de toda la comunidad, valorando en lo justo su personal competencia y dejando un margen amplio a sus prudentes iniciativas.

 

 

CAPÍTULO 28º: DE LOS QUE CORREGIDOS MUCHAS VECES NO QUIEREN ENMENDARSE

 

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i un hermano ha sido corregido frecuentemente por cualquier culpa, e incluso excomulgado, y no se enmienda, se le aplicará un castigo más duro, es decir, se le someterá al castigo de los azotes. 2Y si ni aún así se corrigiere, o si quizá, lo que Dios no permita, hinchado de soberbia, pretendiere llegar a justificar su conducta, en ese caso el abad tendrá que obrar como todo médico sabio. 3Si después de haber recurrido a las cataplasmas y ungüentos de las exhortaciones, a los medicamentos de las Escrituras divinas y, por último, al cauterio de la excomunión y a los golpes de los azotes, 4aun así ve que no consigue nada con sus desvelos, recurra también a lo que es más eficaz: su oración personal por él junto con la de todos los hermanos, 5 para que el Señor, que todo lo puede, le dé la salud al hermano enfermo. 6Pero, si ni entonces sanase, tome ya el abad el cuchillo de la amputación, como dice el Apóstol: «Echad de vuestro grupo al malvado». 7Y en otro lugar: «Si el infiel quiere separarse, que se separe», 8no sea que una oveja enferma contamine a todo el rebaño.

 

Declaración art. 85

 

Art. 85. De este principio del personalismo en modo alguno se sigue que debamos caer en el defecto del individualismo. A este principio le corresponde el principio de la solidariedad. La persona humana, por razón de su naturaleza necesita de la vida social, y, además, ha recibido una vocación sobrenatural esencialmente sobrenatural. En efecto, el beneplácito de Dios ha sido salvar a los hombres no individualmente, es decir sin ninguna conexión mutua, sino que ha querido reunirlos para formar un pueblo, y, mediante el vínculo del Espíritu Santo, congregarlos en el Cuerpo de Cristo. Nuestra vida cenobítica ha de expresar de un modo especial y manifestar ante el mundo esta naturaleza comunitaria de la salvación y de la vida cristiana.

Una apta legislación y un régimen monástico jugaran un papel muy importante en el establecimiento y conservación de esta unión solidaria de la vida, si promueven en lo posible el acuerdo de todos en lo que atañe a los fines y valores propios, si coordinan eficazmente los esfuerzos en orden al fin común, y se proponen establecer unas formas de vida familiar aptas y adecuadas. Llevados por este espíritu de solidariedad, cada uno de los miembros de la comunidad ha de aceptar con agrado y prontitud los oficios que se le señalen en el. servicio de los hermanos y del bien común, aun cuando a veces puedan ser ingratos.

 

 

Capítulo 29º: SI DEBEN SER READMITIDOS LOS HERMANOS QUE SE VAN DEL MONASTERIO SI DEBEN SER READMITIDOS LOS HERMANOS QUE SE VAN DEL MONASTERIO

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i un hermano que por su culpa ha salido del monasterio quiere volver otra vez, antes debe prometer la total enmienda de aquello que motivó su salida, 2y con esta condición será recibido en el último lugar, para probar así su humildad. 3Y, si de nuevo volviere a salir, se le recibirá hasta tres veces; pero sepa que en lo sucesivo se le denegará toda posibilidad de retorno al monasterio.

 

Declaración art. 86

 

Art. 86 El principio de la subsidiariedad ordena las relaciones entre los individuos y la comunidad, y entre las comunidades menores y las comunidades mayores. Establece que la autoridad superior de una comunidad más amplia debe dejar a los inferiores atender a aquellas cosas que por ellos mismos pueden hacer no solamente bien, sino muy a menudo mejor que dicha autoridad superior. En el caso en que los inferiores no puedan o demuestren una negligencia en cumplir su obligación, la autoridad superior prestará auxilio y ayuda. De esta manera, la vitalidad y la responsabilidad de los inferiores permanece y la autoridad superior puede cumplir más fácilmente su misión propia, es decir, la misión de coordinación, y, cuando es necesario, de tomar una decisión superior.

En nuestro caso esto vale tanto para las diversas comunidades locales, como para las congregaciones y la Orden entera. En el monasterio es propio del superior promover y dirigir para el bien común las prudentes iniciativas y responsabilidades personales de los hermanos y de los oficiales del mismo. Las autoridades de las congregaciones y de la Orden cumplen de modo óptimo su función, si, respetando la legítima libertad y las características propias de los diversos monasterios y congregaciones, les aseguran una ayuda práctica que les permita alcanzar sus propios fines con mayor facilidad y seguridad, mientras se preocupan también de elaborar y promover proyectos y planes mucho más vastos, de utilidad para todos los demás, pero que sobrepasan las posibilidades de los mismos

 

 

Capítulo 30º: CORRECCIÓN DE LOS NIÑOS PEQUEÑOS

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ada edad y cada inteligencia debe ser tratada de una manera apropiada. 2Por tanto, siempre que los niños y adolescentes, o aquellos que no llegan a comprender lo que es la excomunión, cometieren una falta, 3serán escarmentados con rigurosos ayunos o castigados con ásperos azotes para que se corrijan.

 

Declaración art. 87

 

Art. 87. El Principio del pluralismo legítimo dentro de una unidad necesaria es una consecuencia de lo que se ha dicho hasta aquí. Es necesario reconocer la necesidad de un pluralismo legitimo, es decir, la diversidad de los miembros que se unen para formar una sola realidad, así como no es lícito suprimir la variedad de facultades y cualidades de los individuos en nombre de la unidad. Incluso en el monasterio existen carismas distintos, cada uno tiene su propio don, y a cada uno se le da una manifestación del Espíritu con el fin de ser útil a la comunidad. La diversidad de los miembros es de utilidad para todo el cuerpo, y cada uno de los individuos solamente mediante una comunión de los diversos dones puede llegar a ser partícipe de la plenitud del Espíritu.

Lo mismo hay que decir de los monasterios y congregaciones de nuestra Orden, los cuales difieren en no pocas cosas en lo que hace referencia a la evolución histórica, a la índole natural de los hermanos, a las circunstancias sociales y culturales, y a las tareas y obligaciones que han de atender según las necesidades de la Iglesia local. Las diferencias, sin embargo, no impiden que los diversos miembros formen una unidad vital; más aun, la variedad de dones puede proporcionar a la orden una mayor fuerza y vitalidad, siempre y cuando se mantenga el sentido de la comunión y la voluntad de cooperación.

El que pueda obtenerse el equilibrio entre el pluralismo y la unidad, en gran parte depende de una legislación apta y de un recto ejercicio de la autoridad. La seguridad. de poder tender a los propios fines mediante leyes estables, una clara determinación de las diversas competencias, una exposición clara de los fines y planes comunes, el establecimiento de formas prácticas de mutua ayuda son medios, junto con otros muchos, que han de incitar a todos a buscar y promover con tesón la unidad. Del mismo modo, es sumamente provechoso que las autoridades de la orden o de las congregaciones no vean con recelo y desconfianza las notas particulares o los fines propios de las comunidades, sino más bien han de hacer que cuanto bueno y válido en ellas aparezca, sea fomentado lo más posible y sea de utilidad para todos. Al contrario, las diferentes comunidades deben esforzarse en conocer las exigencias de unidad de la Orden, y siempre han de estar preparadas para promoverla juntamente con las demás comunidades de la misma Orden y con los órganos de la autoridad superior.

 

 

Capítulo 31º: CÓMO HA DE SER EL MAYORDOMO DEL MONASTERIO

 

 

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ara mayordomo del monasterio será designado de entre la comunidad uno que sea sensato, maduro de costumbres, sobrio y no glotón, ni altivo, ni perturbador, ni injurioso, ni torpe, ni derrochador, 2sino temeroso de Dios, que sea como un padre para toda la comunidad. 3Estará al cuidado de todo. 4No hará nada sin orden del abad. 5Cumpla lo que le mandan. 6No contriste a los hermanos. 7Si algún hermano le pide, quizá, algo poco razonable, no le aflija menospreciándole, sino que se lo negará con humildad, dándole las razones de su denegación. 8Vigile sobre su propia alma, recordando siempre estas palabras del Apóstol: «El que presta bien sus servicios, se gana una posición distinguida». 9Cuide con todo su desvelo de los enfermos y de los niños, de los huéspedes y de los pobres, como quien sabe con toda certeza que en el día del juicio ha de dar cuenta de todos ellos. 10Considere todos los objetos y bienes del monasterio como si fueran los vasos sagrados del altar. 11Nada estime en poco. 12No se dé a la avaricia ni sea pródigo o malgaste el patrimonio del monasterio. Proceda en todo con discreción y conforme a las disposiciones del abad.

13Sea, ante todo, humilde, y, cuando no tenga lo que le piden, dé, al menos, una buena palabra por respuesta, 14porque escrito está: «Una buena palabra vale más que el mejor regalo». 15Tomará bajo su responsabilidad todo aquello que el abad le confíe, pero no se permita entrometerse en lo que le haya prohibido. 16Puntualmente y sin altivez ha de proporcionar a los hermanos la ración establecida, para que no se escandalicen, acordándose de lo que dice la Palabra de Dios sobre el castigo de «los que escandalicen a uno de esos pequeños».

17Si la comunidad es numerosa, se le asignarán otros monjes para que le ayuden, y así pueda desempeñar su oficio sin perder la paz del alma. 18Dése lo que se deba dar y pídase lo necesario en las horas determinadas para ello, 19para que nadie se perturbe ni disguste en la casa de Dios.

 

 

Declaración art. 100

 

Art. 100. El abad, reservándose la suprema dirección e inspección, en cuanto sea posible ha de encomendar a oficiales expertos y a otros hermanos merecedores de confianza los asuntos económicos y administrativos, la organización cotidiana de las actividades y negocios (permisos concretos, ordenación de trabajo, la correspondencia, la recepción de los huéspedes y las demás relaciones) con el fin de quedar más libre en orden a desempeñar su propia función.

 

 

Capítulo 32º: LAS HERRAMIENTAS Y OBJETOS DEL MONASTERIO

 

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l abad elegirá a hermanos de cuya vida y costumbres esté seguro para encargarles de los bienes del monasterio en herramientas, vestidos y todos los demás enseres, 2y se los asignará como él lo juzgue oportuno para guardarlos y recogerlos. 3Tenga el abad un inventario de todos estos objetos. Porque así, cuando los hermanos se sucedan unos a otros en sus cargos, sabrá qué es lo que entrega y lo que recibe.

4Y, si alguien trata las cosas del monasterio suciamente o con descuido, sea reprendido. 5Pero, si no se corrige, se le someterá a sanción de regla.

 

Declaración art. 38

 

Art. 38. Nuestra Orden, en su existencia concreta, como hemos expuesto más arriba, presenta a la vez un pluralismo y una diversidad bastante grandes, si bien se trata de una diversidad concorde y que no carece de unidad.

Esta unidad viene dada no solo del fin común de los miembros de la orden, sino también de la comunidad de medios que han de utilizarse para obtener el fin propuesto, y los medios no han de ser considerados como elementos separados sino en síntesis vital.

Que quede bien claro que con esta Declaración nuestra no queremos elaborar una especie de tratado de la vida monástica que hemos prometido vivir en la Orden Cisterciense; exponemos solamente algunos puntos que hoy pueden y deben dar inspiración y directiva a nuestras acciones y a nuestras instituciones.

 

 

Capítulo 33: SI LOS MONJES DEBEN TENER ALGO EN PROPIEDAD

 

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ay un vicio que por encima de todo se debe arrancar de raíz en el monasterio, 2a fin de que nadie se atreva a dar o recibir cosa alguna sin autorización del abad, 3ni a poseer nada en propiedad, absolutamente nada: ni un libro, ni tablillas, ni estilete; nada absolutamente, 4puesto que ni siquiera les está permitido disponer libremente ni de su propio cuerpo ni de su propia voluntad. 5Porque todo cuanto necesiten deben esperarlo del padre del monasterio, y no pueden lícitamente poseer cosa alguna que el abad no les haya dado o permitido. 6Sean comunes todas las cosas para todos, como está escrito, y nadie diga o considere que algo es suyo.

7Y, si se advierte que alguien se complace en este vicio tan detestable, sea amonestado por primera y segunda vez; 8pero, si no se enmienda, quedará sometido a corrección.

 

Declaración art. 50

 

Art.50. No practicamos la pobreza como una simple privación o como desprecio de los bienes materiales, sino más bien para conseguir la libertad de los hijos de Díos, que se sirven de este mundo como si no se sirviesen de él, conscientes de que pasará la apariencia de este mundo. Por esta razón deseamos ser pobres con Cristo pobre, renunciando a la posesión y a la adquisición de las riquezas. De este modo somos verdaderos discípulos de la escuela de la primitiva Iglesia, en la cual nadie decía que algo era suyo, sino que todas las cosas eran de todos. De esta manera el corazón está libre de las preocupaciones materiales, para que nuestro corazón esté donde esta nuestro tesoro, que es en Cristo y en la Iglesia.

 

 

Capítulo 34: SI TODOS HAN DE RECIBIR IGUALMENTE LO NECESARIO

 

 

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stá escrito: «Se distribuía según lo que necesitaba cada uno». 2Pero con esto no queremos decir que haya discriminación de personas, ¡no lo permita Dios!, sino consideración de las flaquezas. 3Por eso, aquel que necesite menos, dé gracias a Dios y no se entristezca; 4pero el que necesite más, humíllese por sus flaquezas y no se enorgullezca por las atenciones que le prodigan. 5Así todos los miembros de la comunidad vivirán en paz. 6Por encima de todo es menester que no surja la desgracia de la murmuración en cualquiera de sus formas, ni de palabra, ni con gestos, por motivo alguno. 7Y, si alguien incurre en este vicio, será sometido a un castigo muy severo.

 

Declaración art. 15-17

 

Art. 15. Nuestra Orden es, ante todo, una realidad social. Está formada, en efecto, por diversas Congregaciones, diversos monasterios y por individuos, unidos entre sí por múltiples relaciones. Cada uno de nosotros debe formarse una verdadera imagen de esta realidad concreta, no limitándose a conocer la estadística de los monjes, sino ante todo su vocación, sus obligaciones, sus aspiraciones y las circunstancias concretas en las cuales los miembros de la orden viven su vocación.

Hoy existen monasterios cistercienses en Europa, en Asia, en África y en las dos Américas, en condiciones culturales y económicas muy diversas. Algunos de entre ellos están en tierras de misión, pero la mayor parte están diseminados en aquella parte de la tierra que, hasta nuestros días, ha estado impregnada de tradiciones cristianas, y que en gran parte lo está aún. Algunos de nuestros monjes pertenecen a la llamada Iglesia oriental (los monjes etíopes) mientras que los demás difieren entre sí por razón de lengua, mentalidad así como por el tenor la vida propio de cada región. Dado que la Orden tiene una diversidad geográfica, cultural, social y eclesiológica constituye un estado de cosas muy complejo. En muchas cuestiones, por así decirlo, cada comunidad tiene sus problemas y necesidades, derivadas de sus circunstancias especiales.

La Orden Cisterciense mantiene relaciones amistosas con las Comunidades de Amigos de nuestros actuales monasterios, con las de los suprimidos y con las Comunidades Cistercienses que son de la Confesión Augustana.

 

Art. 16. También aparece una gran variedad en el género de vida a que cada monasterio se siente llamado. Algunos de nuestros monasterios intentan llevar la vida que se conoce como contemplativa, mientras que otros ejercen diversas obras de apostolado, tales como la cura pastoral en las parroquias, educación de la juventud en las escuelas, varias obras propias del ministerio sacerdotal, trabajos científicos y culturales, etc. La gran mayoría de nuestros hermanos, en los monasterios masculinos, no solamente están iniciados en el sacerdocio, sino que el ejercicio del sacerdocio ministerial está considerado como parte integrante de su vocación. La proporción entre la oración y el trabajo, la intensidad y la forma de contacto con el mundo exterior, el valor da la actividad ejercida fuera del recinto del monasterio, la naturaleza y la forma de vida comunitaria está concebida con tal diversidad, que primero aparece la variedad antes que la unidad. Esta última puede descubrirse mejor en las aspiraciones y valores de la vida monástica que en la uniforme ordenación de la vida.

 

Art. 17. La diversidad, sin embargo, en algunos aspectos y cuestiones fundamentales no es tanta que haga imposible para nuestra Orden todo trabajo común de renovación, o al menos, casi superfluo. Ciertamente, como ya hemos indicado, las Congregaciones y los monasterios han de adoptar decisiones particulares sobre diversos puntos. Pero dado que poseemos muchos valores que provienen de la tradición común, y en todas partes tratamos de resolver casi los mismos problemas que tiene planteados nuestra Madre la Iglesia contemporánea, y que además no son extraños al mundo actual, que se asocia con gran rapidez, la elaboración de soluciones comunes en muchos sectores de la vida, no sólo son provechosos y posibles, sino también evidentemente necesarios. Las necesidades comunes exigen soluciones comunes en los casos siguientes:

a) En las cuestiones referentes a los medios fundamentales de la vida religiosa, como son los votos emitidos según los consejos evangélicos, la vida comunitaria, el trabajo, el apostolado, la vida litúrgica y similares;

b) En los valores fundamentales de la vida monástica que corresponden a la tradición espiritual de la Orden y a la vida espiritual de la Iglesia de hoy.

c) En los problemas generales de la estructura jurídica de los monasterios, Congregaciones y Ordenes, en las cuestiones que atañen el oficio de los superiores, y la participación responsable de todos los religiosos en los asuntos del monasterio.

d) En las formas de cooperación y ayuda mutua entre las diversas comunidades, en especial en cuanto a las decisiones comunes y a los proyectos.

Todo cuanto establecemos de una manera general, exige la ulterior aplicación a cada una de las congregaciones y monasterios.

 

 

Capítulo 35: LOS SEMANEROS DE COCINA

 

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os hermanos han de servirse mutuamente, y nadie quedará dispensado del servicio de la cocina, a no ser por causa de enfermedad o por otra ocupación de mayor interés, 2porque con ello se consigue una mayor recompensa y caridad. 3Mas a los débiles se les facilitará ayuda personal, para que no lo hagan con tristeza; 4y todos tendrán esta ayuda según las proporciones de la comunidad y las circunstancias del monasterio. 5Si la comunidad es numerosa, el mayordomo quedará dispensado del servicio de cocina, y también, como hemos dicho, los que estén ocupados en servicios de mayor interés; 6todos los demás sírvanse mutuamente en la caridad.

7El que va a terminar su turno de semana hará la limpieza el sábado. 8Se lavarán los paños con los que se secan los hermanos las manos y los pies. 9Lavarán también los pies de todos, no sólo el que termina su turno, sino también el que lo comienza. 10Devolverá al mayordomo, limpios y en buen estado, los enseres que ha usado. 11El mayordomo, a su vez, los entregará al que entra en el turno, para que sepa lo que entrega y lo que recibe.

12Cuando no haya más que una única comida, los semaneros tomarán antes, además de su ración normal, algo de pan y vino, 13para que durante la comida sirvan a sus hermanos sin murmurar ni extenuarse demasiado. 14Pero en los días que no se ayuna esperen hasta el final de la comida.

15Los semaneros que terminan y comienzan la semana, el domingo, en el oratorio, inmediatamente después del oficio de laudes, se inclinarán ante todos pidiendo que oren por ellos. 16Y el que termina la semana diga este verso: «Bendito seas, Señor Dios, porque me has ayudado y consolado». 17Lo dirá por tres veces y después recibirá la bendición. Después seguirá el que comienza la semana con este verso: «Dios mío, ven en mi auxilio; Señor, date prisa en socorrerme». 18Lo repiten también todos tres veces, y, después de recibir la bendición, comienza su servicio.

 

Declaración art. 108-109

 

Art. 108. San Benito en su Regla no trata de la unión de diversos monasterios entre sí, sino tan solo se preocupa de la organización interna del monasterio. En el transcurso de la historia, sin embargo, aparecieron diversas formas de unión de monasterios, cuyo fin era procurar que se llevase una vida religiosa en los monasterios. En ciertas uniones de este género, se evitaron los peligros de un aislamiento mediante la formación de una congregación, en la cual, sin embargo, se conservó la autonomía legítima de los monasterios; en otras, en cambio, se llegó a una forma centralizada, en la cual los diversos monasterios dependían de una abadía central, tal como fue en Cluny, y también en las fundaciones de Molesmes.

 

Art. 109. Los Fundadores de Cister, mediante los principios expuestos en la Carta de Caridad, se esforzaron en asegurar la autonomía legítima de los monasterios, y a la vez la unión necesaria y la mutua ayuda por medio de los Capítulos Generales y las visitas anuales. Sin embargo, debido al ingente crecimiento de la Orden, y también al cambio de ciertas condiciones de la vida a lo largo de los años, aparecieron las Congregaciones, que ya hemos mencionado antes brevemente.

Así pues nuestra Orden consta de hecho según definió este Capítulo General Especial de modo explícito, de las siguientes Congregaciones monásticas:

1)Congregación de la Regular observancia de S. Bernardo o de Castilla,

2)Congregación de S. Bernardo en Italia,

3)Congregación de la Corona de Aragón,

4)Congregación de Mehrerau,

5)Congregación de María, Medianera de todas las gracias, en Bélgica y Holanda,

6)Congregación Austriaca,

7)Congregación de la Inmaculada Concepción, o de Sénanque,

8)Congregación de Zirc,

9)Congregación del Purísimo Corazón de María, en Bohemia,

10)Congregación de Casamari,

11)Congregación de María, Reina del cielo y de la tierra, en Polonia,

12)Congregación de la Santa Cruz, en Brasil, y

13)Congregación de la Sagrada Familia, en Vietnam.

Además existen algunos monasterios de hombres o mujeres que no pertenecen a ninguna de las citadas congregaciones.

Las Federaciones de Monasterios de Monjas, que son de derecho pontificio, tienen grandes méritos y continuara su trabajo para utilidad de los monasterios y de la Orden.

 

 

Capítulo 36º: LOS HERMANOS ENFERMOS

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nte todo y por encima de todo lo demás, ha de cuidarse de los enfermos, de tal manera que se les sirva como a Cristo en persona, 2 porque él mismo dijo: «Estuve enfermo, y me visitasteis»; 3 y: «Lo que hicisteis a uno de estos pequeños, a mí me lo hicisteis». 4 Pero piensen también los enfermos, por su parte, que se les sirve así en honor a Dios, y no sean impertinentes por sus exigencias caprichosas con los hermanos que les asisten. 5 Aunque también a éstos deben soportarles con paciencia, porque con ellos se consigue un premio mayor. 6 Por eso ha de tener el abad suma atención, para que no padezcan negligencia alguna.

7 Se destinará un lugar especial para los hermanos enfermos, y un enfermero temeroso de Dios, diligente y solícito. 8 Cuantas veces sea necesario, se les concederá la posibilidad de bañarse; pero a los que están sanos, y particularmente a los jóvenes, se les permitirá más raramente. 9 Asimismo, los enfermos muy débiles podrán tomar carne, para que se repongan; pero, cuando ya hayan convalecido, todos deben abstenerse de comer carne, como es costumbre.

10 Ponga el abad sumo empeño en que los enfermos no queden desatendidos por los mayordomos y enfermeros, pues sobre él recae la responsabilidad de toda falta cometida por sus discípulos.

 

Declaración art. 56

 

Art. 56. El monje, siguiendo su vocación, considera la reunión de los hermanos en el monasterio como la familia de Dios y también su propia familia. Sabe muy bien que Cristo está presente en el monasterio de un modo especial, ya que está presente en cualquier lugar en el cual dos o tres personas se reúnen en su nombre. Nosotros deseamos ordenar nuestra vida de tal manera que realice una vez más el ejemplo de la Iglesia primitiva, ejemplo que exige unidad de corazones y de espíritus, no solamente en la oración, en la doctrina de los Apóstoles, en la comunión de la fracciono del pan y en la común posesión de los bienes materiales, sino también en la comunidad de fines, de obligaciones, de responsabilidades y de acción. Al igual que el Apóstol, que deseaba alegrarse con los que estaban alegres, y llorar con los que lloraban, así también es necesario que la prosperidad o la adversidad, las alegrías o las tristezas, las dificultades y las ventajas de cada uno de los hermanos las sintamos como propias. Pero lo que más debe atraer la solicitud de los hermanos es la vida espiritual del monasterio, de modo que todos se sientan responsables en cierto modo de la salvación eterna y de la perseverancia en la vocación de los demás. De este modo la misma vida de comunidad sirve de dirección espiritual, en sentido amplio, en cuanto fortifica a los débiles, anima a los tímidos, excita el celo de los negligentes y cada día nos recuerda a todos los valores de nuestra vida de servicio.

 

 

Capítulo 37º: LOS ANCIANOS Y NIÑOS

 

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pesar de que la misma naturaleza humana se inclina de por sí a la indulgencia con estas dos edades, la de los ancianos y la de los niños, debe velar también por ellos la autoridad de la regla. 2 Siempre se ha de tener en cuenta su debilidad, y de ningún modo se atendrán al rigor de la regla en lo referente a la alimentación, 3 sino que se tendrá con ellos una bondadosa consideración y comerán antes de las horas reglamentarias.

 

Declaración art. 32

 

Art. 32.  Hoy más que nunca somos conscientes de la dignidad y de la libertad de la persona  humana. Sabemos que Dios os atrae hacia Él no a la fuerza, sino mediante nuestra adhesión personal.

Justamente, el hombre de nuestro tiempo rechaza las imposiciones que oprimen la personalidad, ya que nadie es capaz de llevar a término una obra que agrade a Dios, si se ve obligado sea por la fuerza, sea por el temor. La sicología por añadidura ha demostrado suficientemente la gran importancia que tiene para la entera vida humana el desarrollo de la personalidad, que incluso en nuestro ambiente ha de ser tenida en gran consideración.

 

 

Capítulo 38º: EL LECTOR DE SEMANA

 

 

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n la mesa de los hermanos nunca debe faltar la lectura; pero no debe leer el que espontáneamente coja el libro, sino que ha de hacerlo uno determinado durante toda la semana, comenzando el domingo. 2 Este comenzará su servicio pidiendo a todos que oren por él después de la misa y de la comunión para que Dios aparte de él la altivez de espíritu. 3 Digan todos en el oratorio por tres veces este verso, pero comenzando por el mismo lector: «Señor, ábreme los labios, y mi boca proclamará tu alabanza». 4 Y así, recibida la bendición, comenzará su servicio.

5 Reinará allí un silencio absoluto, de modo que no se perciba rumor alguno ni otra voz que no sea la del lector. 6 Para ello sírvanse los monjes mutuamente las cosas que necesiten para comer y beber, de suerte que nadie precise pedir cosa alguna. 7 Y si algo se necesita, ha de pedirse con el leve sonido de un signo cualquiera y no de palabra. 8 Ni tenga allí nadie el atrevimiento de preguntar nada sobre la lectura misma o cualquier otra cosa, para no dar ocasión de hablar; 9 únicamente si el superior quiere, quizá, decir brevemente algunas palabras de edificación para los hermanos.

10 El hermano lector de semana puede tomar un poco de vino con agua antes de empezar a leer por razón de la santa comunión y para que no le resulte demasiado penoso permanecer en ayunas. 11 Y coma después con los semaneros de cocina y los servidores.

12 Nunca lean ni canten todos los hermanos por orden estricto, sino quienes puedan edificar a los oyentes.

 

Declaración art. 110-112

 

Art. 110. Los principios de subsidiariedad y de pluralismo legítimo tienen una gran importancia en la estructuración de las Congregaciones. Todo aquello que cada monasterio por su parte, y con competencia eficaz y conocimiento de las condiciones locales, puede llevar a cabo, debe quedar de su incumbencia. Los órganos superiores de las Congregaciones tienen por misión ayudar con su consejo fraterno los propósitos de las diversas comunidades, coordinar sus esfuerzos hacia los fines comunes y, si los hubiese, corregir los abusos; así como representar dichas comunidades ante las autoridades eclesiásticas y civiles. De acuerdo con el principio del pluralismo, han de ser reconocidas las notas específicas y las ocupaciones especiales de los diversos monasterios, y la diversidad de los carismas, todo lo cual ha de ser orientado hacia la concordia de los fines comunes sin que esto ponga en peligro la unidad de la Congregación.

 

Art. 111. A pesar del principio del pluralismo, entre los monasterios existe en muchas ocasiones no solamente el vínculo de una organización jurídica, sino también un ideal común. La descripción de este ideal y de los principales medios para alcanzarlo ha de hacerse en las constituciones de cada Congregación, elaboradas por el Capítulo de la propia congregación, después de haber consultado las comunidades interesadas, y, finalmente, aprobadas por la Santa Sede.

 

Art. 112. La unión de nuestros monasterios bajo la autoridad del Capítulo de la respectiva Congregación y bajo el Abad Presidente tiene como fin, principalmente, procurar que en los dichos monasterios florezca la vida cisterciense en todo su fervor; que la observancia regular pueda ser mantenida mucho más fácilmente; que se puedan prestar sin pérdida de tiempo los auxilios de la mutua caridad en las circunstancias necesarias; que los esfuerzos de las diversas comunidades puedan ser coordinados en orden a un plan que exige el trabajo de todos; que se puedan impugnar más eficazmente los obstáculos que dificultan, la vida de los monasterios; que puedan realizarse con mayor seguridad y facilidad aquellas tareas que la Iglesia y la sociedad moderna espera de los monasterios Además de este fin común, cada Congregación de la Orden puede tener un fin especial, el cual ha de ser enunciado con toda claridad en las constituciones propias.

 

 

Capítulo 39º: LA RACIÓN DE COMIDA

 

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reemos que es suficiente en todas las mesas para la comida de cada día, tanto si es a la hora de sexta como a la de nona, con dos manjares cocidos, en atención a la salud de cada uno, 2 para que, si alguien no puede tomar uno, coma del otro. 3 Por tanto, todos los hermanos tendrán suficiente con dos manjares cocidos, y, si hubiese allí fruta o legumbres tiernas, añádase un tercero. 4 Bastará para toda la jornada con una libra larga de pan, haya una sola refección, o también comida y cena, 5 Porque, si han de cenar, guardará el mayordomo la tercera parte de esa libra para ponerla en la cena.

6 Cuando el trabajo sea más duro, el abad, si lo juzga conveniente, podrá añadir algo más, 7 con tal de que, ante todo, se excluya cualquier exceso y nunca se indigeste algún monje, 8 porque nada hay tan opuesto a todo cristiano como la glotonería, 9 como dice nuestro Señor: «Andad con cuidado para que no se embote el espíritu con los excesos».

10 A los niños pequeños no se les ha de dar la misma cantidad, sino menos que a los mayores, guardando en todo la sobriedad.

11 Por lo demás, todos han de abstenerse absolutamente de la carne de cuadrúpedos, menos los enfermos muy débiles.

 

Declaración art. 113-114, 118

 

Art. 113. El Capítulo de la Congregación es la suprema potestad en cada Congregación, de acuerdo con los principios antes expuestos. Estará formado por todos los Superiores mayores y por delegados, con voz deliberativa, los cuales serán elegidos para este oficio por todos los miembros de la Congregación, de acuerdo con las Constituciones de la propia Congregación.

 

Art. 114. La función principal del Capítulo de la Congregación es ser foro de deliberación fraterna y de legislación, con el fin de:

a) Elaborar constituciones adaptadas a nuestro tiempo, en las cuales se determinen claramente los fines, los ideales, y las ocupaciones comunes de la Congregación.

b) Preparar y publicar los Usos, Declaraciones y demás Instrucciones, mediante las cuales los principios de las Constituciones de la Congregación se acomodan a las exigencias de los tiempos y lugares.

c) Investigar nuevas posibilidades de vida y trabajo; comunicar y coordinar las experiencias y los intentos de cada uno de los monasterios para utilidad de todos.

d) Elaborar proyectos y planes a realizar con la contribución de los esfuerzos esfuerzos de todos; tratar de hallar solución a las dificultades mediante un empeño común.

e) Promover un uso mejor y más razonable de las energías materiales y personales de todos los miembros de la Congregación.

Para proveer al máximo al bien común, es sumamente importante que el Capítulo de la Congregación se reúna a menudo, y si aparece útil, será conveniente que se celebren otras reuniones de los miembros del Capitulo.

 

Art. 118. Las Congregaciones tienen una importancia vital en nuestra Orden: ya que, de un lado, los diversos monasterios son demasiado pequeños y débiles para que puedan vivir y trabajar en una plena y absoluta independencia y suficiencia (autarquía); de otro lado, la Orden misma contiene una diversidad y discrepancia tal en la observancia, en las formas y tareas de la vida, que no puede ser gobernada mediante normas y métodos uniformes. Así, la Congregación es o debe ser aquella unidad de acción, viva y concreta, que aúna las fuerzas de diversas casas que poseen los mismos ideales y las mismas tareas. De ahí se sigue la necesidad y la utilidad de las Congregaciones en la estructura de nuestra Orden.

 

 


Capítulo 40º: LA RACIÓN DE BEBIDA

 

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ada cual tiene de Dios un don particular, uno de una manera y otro de otra (1ª Cor 7,7); 2 por eso, con algún escrúpulo fijamos para otros la medida del sustento; 3sin embargo, considerando la flaqueza de los débiles, creemos que basta a cada cual una hemina de vino al día. 4Pero aquellos a quienes da Dios el poder de abstenerse, sepan que tendrán especial galardón.

5Mas si la necesidad del lugar, o el trabajo, o el calor del estío exigieren más, esté ello a la discreción del superior, procurando que jamás se dé lugar a la saciedad o a la embriaguez. 6Aunque leemos que el vino es en absoluto impropio de monjes, sin embargo, como en nuestros tiempos no se les puede convencer de ello, convengamos siquiera en no beber hasta la saciedad, sino con moderación: 7porque el vino hace apostatar aun a los sabios (Si 19,2).

8No obstante, donde las condiciones del lugar no permitan adquirir siquiera la sobredicha medida, sino mucho menos o nada absolutamente, bendigan a Dios los que allí viven y no murmuren; 9advertimos sobre todo: que eviten a todo trance la murmuración.

 

Declaración art. 119-120

 

Art. 119. Nuestras Congregaciones se unen entre sí para formar la Orden Cisterciense, ya sea en virtud del fin e ideal común, ya sea por razón de las estructuras comunes y de los órganos jurídicos. El fin primario de esta unión es la mutua comunicación, la mutua ayuda práctica para el mantenimiento y perfeccionamiento de la vida monástica.

Nuestras Congregaciones, debido a las diferencias en la evolución histórica, y en las condiciones culturales y sociales, presentan diferencias notables tanto en las formas y tradiciones monásticas, como en las tareas y ocupaciones. Estas diferencias, sin embargo, no destruyen la unidad superior de la Orden; más aun, si los carismas distintos, fruto de la variada gracia de Dios, se distribuyen y comunican en bien de todos, esto sirve para aumentar el vigor y la vitalidad de la Orden. Es sumamente necesario que este pluralismo se comprenda bajo el punto de vista de su positiva significación social y espiritual, y las fuerzas diversas, que se complementan, se unan para una cooperación práctica y eficaz.

 

Art. 120. El Capítulo General de la orden es el órgano central de la deliberación fraterna, y también órgano legislativo y judicial, quedando a salvo la autonomía legítima que según el derecho común y particular corresponde a cada Congregación y a cada monasterio.

La función del Capítulo General es promover la consecución del ideal común de la orden.  Así pues es de su incumbencia:

a) Declarar y explicar los valores fundamentales que constituyen nuestra común vocación (cristiana, religiosa, monástica y cisterciense), aun cuando estos valores no puedan ser llevados a la práctica por todos de la misma manera.

b) Promover de modo eficaz la comunicación entre las diversas Congregaciones, la mutua ayuda y la cooperación en las funciones comunes.

 

 

Capítulo 41º: A QUÉ HORAS DEBEN COMER LOS MONJES

 

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esde la santa Pascua hasta Pentecostés, los hermanos comerán a sexta y cenarán al atardecer.

2 A partir de Pentecostés, durante el verano, ayunarán hasta nona los miércoles y viernes, si es que los monjes no tienen que trabajar en el campo o no resulta penoso por el excesivo calor. 3 Los demás días comerán a sexta. 4 Continuarán comiendo a la hora sexta, si tienen trabajo en los campos o si es excesivo el calor del verano, según lo disponga el abad, 5 quien ha de regular y disponer todas las cosas de tal modo, que las almas se salven y los hermanos hagan lo dispuesto sin justificada murmuración.

6 Desde los idus de septiembre hasta el comienzo de la cuaresma, la comida será siempre a la hora nona.

7 Pero durante la cuaresma, hasta Pascua, será a la hora de vísperas. 8 Mas el oficio de vísperas ha de celebrarse de tal manera, que no haya necesidad de encender las lámparas para comer, sino que todo se acabe por completo con la luz del día. 9 Y dispóngase siempre así: tanto la hora de la cena como la de la comida se ha de calcular de modo que todo se haga con luz natural.

 

Declaración art. 121-122

 

Art. 121. La función estrictamente legislativa del Capítulo General, aun cuando tiene su importancia, en nuestros tiempos ya no es su función primaria. Debido a la diversidad de formas y aspectos de la vida de nuestras comunidades, así como también a la rapidísima evolución de las condiciones de vida, una regulación uniforme mediante leyes propiamente dichas aparece como algo imposible o inútil. En consecuencia, el Capítulo General raras veces establecerá leyes que obliguen a todos los monasterios y monjes de la Orden, limitándose a dar normas generales que después, según las necesidades particulares de las regiones o de las Congregaciones deberán ser adaptadas. Mientras de una parte se restringe el campo de la función legislativa del Capítulo General, de otra parte aumenta la importancia de las otras actividades del Capítulo que ya hemos indicado (interpretación de los fines y valores; deliberación fraterna de mutua ayuda en los casos comunes, etc.)

 

Art. 122. En los primeros siglos de la Orden, de acuerdo con las prescripciones de la Carta de Caridad y de los Romanos Pontífices, se celebraba el Capítulo General todos los años. En nuestros tiempos, debido a la frecuencia de los capítulos de las diversas Congregaciones de una parte, y de otra a causa de los gastos del viaje al Capítulo, que son sumamente gravosos para ciertos miembros, el Capítulo General se celebra más espaciadamente, cada cinco años. Con más frecuencia tendrá lugar la reunión del Sínodo de la Orden.

El Sínodo de la Orden es un colegio convocado con el fin de discutir los asuntos relativos a toda la Orden para proponer al Capítulo General las cuestiones que han de decidirse, y, en el caso de una cierta urgencia, de acuerdo con las Constituciones de la Orden, tomar una determinación previa en espera de la decisión definitiva del próximo Capítulo General.

Corresponde al Sínodo también urgir la puesta en práctica de las decisiones de la Santa Sede o del Capítulo General, según las necesidades; recoger informaciones fidedignas del estado de la Orden, con el fin de promover mejor a su buena marcha; examinar las relaciones que el Abad General presente del estado general de la Orden, y los abades presidentes del estado de la propia congregación.

 

 

Capítulo 42º: EL SILENCIO DESPUÉS DE COMPLETAS

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n todo tiempo han de cultivar los monjes el silencio, pero muy especialmente a las horas de la noche. 2 En todo tiempo, sea o no de ayuno 3 -si se ha cenado, en cuanto se levanten de la mesa-, se reunirán todos sentados en un lugar en el que alguien lea las Colaciones, o las Vidas de los Padres, o cualquier otra cosa que edifique a los oyentes; 4 pero no el Heptateuco o los libros de los Reyes, porque a los espíritus débiles no les hará bien escuchar a esas horas estas Escrituras; léanse en otro momento.

5 Si es un día de ayuno, acabadas las vísperas, acudan todos, después de un breve intervalo, a la lectura de las Colaciones, como hemos dicho; 6 se leerán cuatro o cinco hojas, o lo que el tiempo permita, 7 para que durante esta lectura se reúnan todos, si es que alguien estaba antes ocupado en alguna tarea encomendada. 8 Cuando ya estén todos reunidos, celebren el oficio de completas, y ya nadie tendrá autorización para hablar nada con nadie. 9 Y si alguien es sorprendido quebrantando esta regla del silencio, será sometido a severo castigo, 10 a no ser que lo exija la obligación de atender a los huéspedes que se presenten o que el abad se lo mande a alguno por otra razón; 11 en este caso lo hará con toda gravedad y con la más delicada discreción.

 

Declaración art. 124-125

 

Art. 124. Nuestra Orden tiene mucho de común, como es natural, con las demás órdenes monásticas. Por tanto, es sumamente importante la colaboración con ellas en todos aquellos aspectos que son comunes a todos los monjes, como por ejemplo, favorecer los estudios del patrimonio monástico, en la investigación de las cuestiones litúrgicas, en la solución de los problemas jurídicos, en la formación e instrucción de novicios y juniores, en encontrar nuevas y aptas formas de vida comunitaria, de la distribución del tiempo o de la manera de gobernar.

Conviene además que oremos los unos por los otros, que nos prestemos con gusto y caridad una ayuda mutua, y que nos comuniquemos del mejor modo posible cuanto acaece en la orden, las Congregaciones y los monasterios.

 

Art. 125. Nuestra Orden, nuestras Congregaciones, nuestros monasterios junto con todos los monjes y monjas -si bien no del mismo modo- han sido declarados exentos de la jurisdicción de los ordinarios de lugar por los Romanos Pontífices, en virtud de su función primacial en toda la Iglesia, con el fin de asegurar mejor la perfección de la vida monástica, según la índole propia de nuestra Orden. Esta exención, sin embargo, no impide que nuestros monasterios, en ciertos aspectos, según las normas del derecho común y particular, estén sometidos a la jurisdicción de los obispos, ni tampoco que nuestros monasterios, según su propia vocación, colaboren íntimamente con la iglesia local.</